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TRIBUNAL DEL OBISPADO DE ORIHUELA-ALICANTE NUUDAD DE MATREVIONIO (MEEDO REVERENCLVL, FALTA DE LDBERTAD EVTERNA, EXCLUSIÓN DE LA EVDKOLUBEUDDAD) Ante el Ilmo. Sr. D. Celestino Carrodeguas Nleto Sentencia de 20 de mayo de 1997 *
SUMARIO: I. Resumen de los hechos: 1. Matrimonio, prole habida y duración de Ia convivencia. 2-3. Noviazgo, embarazo y presiones para que se casen los novios. 4-5. Fracaso de Ia convivencia, demanda de nulidad de Ia esposa y dubio decretado. II. In iure: 6-7. El miedo y su prueba. 8-11. El defecto de libertad interna. 12. La exclusión de Ia indisolubilidad. III. Fundamentos fácticos: 13. El 'valor' de Ia prueba. 14. Actitud pasiva del demandado. 15-19. Miedo reverencial o falta de libertad interna. 20. Exclusión de Ia indisolubilidad. IV. Parte dispositiva: consta Ia nulidad.
I. RESUMEN DE LOS HECHOS 1. Doña M y Don V contrajeron matrimonio canónico en 11, de Cl, el día 25 de noviembre de 1987, con veintiún años de edad ella y veinticinco años él. De dicha unión nació una hija (l6 junio 1988). La convivencia duró dos años. 2. Los esposos se conocieron en abril de 1987, y desde entonces empezaron a salir juntos y a mantener relaciones íntimas, de Io que resultó que, contando ella
* A los pocos meses de conocerse y salir juntos los novios, Ia novia quedó embarazada. El embarazo prenupcial y no deseado de Ia mujer, que con mucha frecuencia lleva a Ia celebración precipitada del matrimonio, y que también con frecuencia vida el consentimiento de los contrayentes o de alguno de ellos, en nuestro caso está rodeado de unas circunstancias muy especiales. Hn efecto, Ia joven embarazada, así como sus padres, vivían en casa de su hermano, pàrroco de una pequeña población. A Ia presión social y al daño moral al ministerio pastoral deI hermano, se une Ia presión de los padres de Ia joven, que Ia hacen que se case -sin rechistar-.
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