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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Revista Española de Derecho Canónico > 1982, volume 38, #110 > Pages 377-392. Reseña de Derecho del Estado sobre materias eclesiásticas
Reseña de Derecho del Estado sobre materias eclesiásticas
Portero Sánchez, Luis
RESEÑA DE DERECHO DEL ESTADO SOBRE MATERIAS ECLESIÁSTICAS 1981 LEGISLACIÓN EDUCACIÓN Reconocimiento de efectos profesionales a títulos de Maestro de Enseñanza Primaria expedidos por Escuelas de Magisterio de Ia Iglesia1.—Una Orden Ministerial de 23 de diciembre de 1980 establece que quienes obtuvieron dicha titulación con anterioridad a 1970 quedan autorizados a ejercer Ia docencia en Ia primera etapa de EGB en Centros docentes dependientes de Ia Iglesia católica. Igualmente las personas que posean el título de Auxiliar de Bachillerato podrán impartir, en iguales condiciones que los anteriores, docencia en Ia segunda etapa de EGB; y si tuviesen terminada Ia carrera sacerdotal quedan facultados para explicar las áreas de lenguaje y ciencias sociales en cualquier otro Centro privado. Finalmente los profesores que reúnan las condiciones del art. 6 del Decreto 1723/1960, de 7 de septiembre, podrán continuar su ejercicio en Ia docencia en los mismos términos en que Ia vienen desempeñando, y siempre referida a EGB. Enseñanza de Ia Religión en Ia nueva Ordenación de Ia Educación General Básica*.—La Educación General Básica (EGB) comprende a partir de Ia regulación que hace el Real Decreto de 9 de enero de 1981, dos etapas divididas en ciclos. En Ia primera de ellas (cursos 1.° a 5.0) aparecen el ciclo inicial (l.° y 2.0 cursos) y el medio (3.0, 4.0 y 5.0 cursos); Ia segunda etapa comprende el ciclo superior (6.0, 7.0 y 8.0 cursos). A partir del curso 1981-1982 dentro de las enseñanzas mínimas que con carácter obligatorio se preveen, aparece una y media horas dedicadas semanahnente a Ia enseñanza de «religión» o «ética». Y esto viene regulado tanto para Ia enseñanza Preescolar como para Ia EGB. Los libros de «Religión» o «Moral» deberán hacer constar en Ia portada Ia confesión religiosa a Ia que corresponden3.—Una Resolución del Ministerio de Educación, de fecha 22 de enero de 1981, indica que todos los libros 1. Boletín Oficial del Estado de 3 de enero de 1981. 2. Boletín Oficial del Estado de 17 de enero de 1981. 3. Resolución de 22 de enero de 1981.
https://doi.org/10.36576/summa.5346
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