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R E S U ME NE S
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ESTUDIOS : NiNA DENTici VELASCO (Profesora en Ia Facultad de Derecho de Ia Universidad de Extremadura): Antecedentes sociológicos y iurídicos del motu proprio "Causas, matrimoniales". I. La situación anterior.—1. Auge del número de causas.—2. Excesiva duración. 3. Estructura de los tribunales.—4. Excesivo coste.—A) Costas o tasas tal como las regula el Derecho canónico.—B) Normas generales para exigir su pago.-C) Beneficio de pobreza.--D) Tarifas determinadas por algunas diócesis.—a) En cuanto a tasas procesales.—b) Honorarios de los abogados.- c) Honorarios de los peritos.—d) Beneficio de pobreza.—E) Cifras reales.—5. Falta de personal.— II. Reformas en Ia estructura de los tribunales.— 1. Creación de tribunales de tercera instancia.— 2. Regionalización. A) Motivos que aconsejan Ia creación de tribunales regionales.— B) Creación de tribunales regionales.—C) Carta circular de 28 de enero de 1970.—D) Ventajas e inconvenientes.—3. Admisión de seglares y mujeres. A) Situación de los laicos en el Código.—B) Concesiones especiales.—C) Causas de exclusión.—D) Conclusiones.—III. Reformas procesales. — 1. Concesiones particulares relativas al proceso ordinario, a) Ampliación de los procesos exceptuados.
jACiNTo FERNÁNDEZ MARTÍNEZ, C.M. (Colegio Lconiano, Roma): Sociedades o asociaciones de apostolado consociado. El autor intenta, en este estudio, aclarar si las Sociedades de vida común que regulaba el Código en los cánones 673-681 y que en el nuevo esquema se propone que pasen a llamarse Institutos de Apostolado consociado, son, además de Institutos apostólicos, Institutos de perfección o profesión institucional de los consejos evangélicos. De aquí se derivará aclarar cuál debe ser su exacto encuadramiento en el nuevo Código. Comienza por exponer algunas nociones previas y aborda después en una primera parte el aspecto jurídico de las sociedades de apostolado consociado. La segunda parte Ia dedica al aspecto teológico. En esta segunda parte, utilizando un material sumamente difícil de obtener por tratarse de ediciones privadas o documentos de archivo, estudia sistemáticamente los cinco grupos que pueden establecerse entre las sociedades de apostolado consociado que son de Derecho pontificio. Termina formulando catorce conclusiones, con los resultados de su trabajo. En un apéndice de gran importancia, da por vez primera en Ia historia un catálogo de las sociedades de vida común o de apostolado consociado, que alcanzan un total de 134.
JUAN GELPi BARRios (Departamento de Derecho Canónico de Ia Facultad de Derecho de Salamanca): Personalidad jurídica de Ia Iglesia en Puerto Rico. Vigencia del Concordato español de 1851 a través del Tratado de París. A) El régimen jurídico del ente eclesiástico en los Estados Unidos de América.A-I. Adaptación de \a Iglesia católica romana al Derecho estadounidense.--A-2. Tratamiento jurisprudencial de Ia adquisición de Ia personalidad jurídica y sus efectos.B) Reconocimiento de Ia personalidad jurídica de Ia Iglesia en Puerto Rico.-K-l. Restitución a Ia Iglesia de los bienes desamortizados en el siglo XIX.
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