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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Revista Española de Derecho Canónico > 1977, volume 33, #95-96 > Pages 489-502. Reseña de Derecho del Estado sobre materias eclesiásticas
Reseña de Derecho del Estado sobre materias eclesiásticas
Portero Sánchez, Luis
RESEÑA DE DERECHO DEL ESTADO SOBRE MATERIAS ECLESIÁSTICAS LEGISLACIÓN ADHESIÓN A CONVENIOS INTERNACIONALES Convenio Europeo sobre reconocimiento académico de calificaciones '.— Por medio de Instrumento de 22 de marzo de 1975, España se ha adherido al Convenio Europeo celebrado en París el 14 de diciembre de 1959, sobre reconocimiento académico de calificaciones universitarias. Por tal término de «calificaciones universitarias» se entienden cualquier grado, título o certificado expedido por una Universidad situada en el territorio de una parte contratante, y que da fin a un período de estudios universitarios; no se consideran por tanto como tales aquellos grados, títulos o certificados expedidos como consecuencia de un examen parcial. El reconocimiento académico de una calificación universitaria extranjera permitirá al titular cursar estudios universitarios complementarios y presentarse a los exámenes universitarios que sancionen dichos estudios, a fin de que se Ie admita para preparar el título o grado superior —incluido el doctorado— en las mismas condiciones que se exijan a los nacionales. Igualmente se Ie concede el poder utilizar el título académico conferido por universidades extranjeras, indicando su origen. No obstante Io anterior, si en los planes de estudios extranjeros faltasen alguna o algunas disciplinas de las prescritas para Ia obtención del título nacional, podrá suspenderse Ia convalidación hasta tanto se realice un examen suplementario sobre las mismas. Igualmente podrá exigirse un examen en Ia lengua oficial, cuando los estudios extranjeros hayan sido cursados en otro idioma. Este convenio, por otra parte, no anula ni restringe las ventajas que puedan estar concedidas por otros bilaterales de tipo cultural. Convenio Internacional sobre rectificaciones en las actas del estado civil*. España se adhiere por medio de Instrumento de 8 de octubre de 1976 al Convenio Internacional firmado en París el 10 de septiembre de 1964, relativo a las disposiciones rectificativas de las actas del estado civil de las personas. Los países miembros de Ia Comisión Internacional del Estado Civil, Boletín Oficial del Estado de 14 de enero de 1977. ' Boletín Oficial del Estado de 17 de enero de 1977. 1
https://doi.org/10.36576/summa.5199
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