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CA NONICOS
RESEÑA JURIDIC° CANONICA (*)
I. DERECHO DE ASOCIACIONES
verendis:mo padre Luis Paulussen S. L, Presidente del Secretariado Central de las Congregaciones Marianas (I), en la cual Sui Santidad aprueba los Estatutos de la Federación Mundial de Congregaciones Malianas e invita a todas las Congregaciones Marianas del mundo a adherirsfe a tal Federación. En la Carta, Pío XII ratifica los princiixos contenidos en la Bis saecularis, los cuales no sólo constituyen la carta magna de esta especial forma de Acción Católica que son las Congregaciones Marianas, sino que, además, contiene principios jurídicos con los cuales -debe regularse tanto la Acción Católica como aun el más genérico todavia ApoSfolado' Seglar. No pertenece a esta RESEÑA el hacer un estudio jurídico de los Estatutos susod:chos, que sin duda encontrarán en la REVISTA en su dia apropiado comentario. Un Rescripto de la Secretaria de Estado da cuenta !de que Su Santidad el Papa, en la audiencia del día 15 de jun:0 de 1953 (2) concedida ai excelentísimo Pro-Secretario de Estado para los Asuntos Ordinarios, monseñor Juan Bautista Mont:ni, se dignó instituir la Obra Pontificia de Asistencia en Italia, con sede en Roma, aprobando a su vez el Estatuto jurídico de la misma. Esta Obra, que existía ya de hecho hace varios años, obt:ene ahora la personalidad jurídica y una organización estable, la cual, sin duda, puede ofrecer un servicio de ejemplaridad para obras análogas que se puedan instituir en otras naciones. Sn duda, con ello, una vez más la potestad universal del Papa, la link.; con jurisdicción suprad"ocesana, interviene para dar personalidad y vida jurídica a entidades que cada dia hacen más necesaria la solución de problemas apos. tólicos que exe2den el ámbito de la diócesis.
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Con fecha 2 de julio de 1953 el Padre Santo dirigía una Carta al re.
(1) (2)
(*) Esta Resella co rr esponde al cuaritnestre mayo-agoatO de 1953. A. A. S., 1953. A. A. S., 1953, p. 5 70.
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