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PROBLEMATICA ACTUAL SOBRE LOS INSTITUTOS SECULARES
La organización de los Institutos Seculares ofrece, dentro del conjunto unitario del tema de nuestra Semana IX de Derecho Canónico, interés actualísimo. El momento de espera en que se encuentran, por situar su legislación dentro del marco codicial, y los tanteos realizados para lograr su carácter definitivo, hacen de esta figura objeto de especial curiosidad canónica, dentro del esquema personal del Derecho de Ia Iglesia. Asociaciones de fieles, asociaciones sacerdotales, Institutos Seculares e Institutos Religiosos, son conceptos que, dentro de Ia claridad hipotética y positiva que reciben del estatuto personal definido eclesiástico, se encuentran hoy en una auténtica fase de crisis, no sólo práctica y de realización, sino también conceptual y teórica. Han contribuido a ello los más dispares elementos, entre los que no han de considerarse como los menos importantes el deseo de colaboración y de apostolado comunitarios, frente al individualismo ineficaz o nada duradero, y elansia de autenticidad en el desarrollo de Ia vida cristiana. Nuestro estudio quisiera enmarcar con sobriedad los términos del problema, repasando los principales que afectan a los Institutos Seculares, e intentando arrojar un poço de luz para su mejor orientación1. Algunos de estos puntos de problemática se refieren a los Institutos Seculares en general; otros miran sólo a los Institutos Sacerdotales, que presentan características más peculiares. Huiremos por tanto de traer aquí, ni siquiera resumida, Ia legislación de los Institutos Seculares : de sobra es de todos conocida. Tampoco nos interesa directamente Ia historia del instituto jurídico que estudiamos'. Repasaremos, pues, ordenadamente los que creemos que son los puntos de problemática de mayor interés actual en el campo del Derecho de personas en Ia Iglesia.
1 Puede verse relación bibliográfica en los manuales más en uso : G. EscuDERO, Los Institutos Seculares. Su naturaleza y su Derecho, Madrid, 1954, pp. 13 ss.; y S. CANALS, Los Institutos Seculares, Madrid, 1960, pp. 191 ss.—Documentación y comentario pueden verse en "De institutis saecularibus". "Commentarium pro Religiosis", Roma, 3951. ' Puede verse el interesante resumen histórico de A. GAMBAKi, Institutorum saecularíum et congregationum religiósarum evolutio comparata, en Ia obra citada de "Comentarium pro ReUgiosis", pp. 311 ss.
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