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1. CANONICOS
RESEÑA UR1DICO CANONICA (*)
. NUNCIATURAS APOSTÓLICAS
Un Decreto de la Sagrada Congregación para los Negocios Eclesiisticos Extraordinarios modifica la división territorial relativa a la jurisdicción de las Nunciaturas Apostólicas en las Islas del mar Caribe (1). El ario 1899, después de la guerra de España con Estados Unidos y de la independencia de Cuba, fué creada una Delegación Apostólica que se llamó de Cuba y Puerto Rico. Un Decreto de la Sagrada Congregación, Consistorial, de 7 de diciembre de 1925 (2), cambió el nombre de la Delegación, que se llamó en adelante de las Antillas, y aun cuando continuó teniendo su sede en La Habana, extendió su jurisdicción a todas las Antillas mayores y menores, excepto las Repúblicas de Haiti y Santo Domingo, que tenían una Internunciatura Apostólica, servida por un mismo Internuncio, que residía habitualmente en Port-au-Prince, mientras en Roma había sendas Legaciones acreditadas ante la Santa Sede, de una y otra República. Cuando en el ario 1935 se establecieron relaciones diplomáticas entre la Santa Sede y la República de Cuba, fué erigida una Nunciatura Apostólica en La Habana, con fecha 2 de septiembre de 1935 (3), continuando subsistente la Delegación Apostólica de las Antillas, cuya jurisdicción se extendía a todas las Antillas, mayores y menores, excepto Cuba, Haiti y Santo Domingo. La situación, sin embargo, resultó anámala, puesto que de hecho se confundían, al menos por razón de la persona, la Delegación Apostólica y la nueva Nunciatura. Un Decreto de la Sagrada Congregación para los Negocios Extraordinarios, de 10 de agosto de 1938 (4), reguló la situación, al suprimir definitivamente la Delegación Apostólica de las Antillas. Entretanto, la Internunciatura Apostólica de Haiti había sido elevada a Nunciatura el dia 17 de octubre de 1930, y una Nunciatura Apostólica había sido erigida, con fecha 15 de octubre del mismo año de 1930, en Santo Domingo. Con el
(*) Esta Riairar4A corresponde ai cuatrisnestre enero-abril de 1954. (1) A. A. S. (1954), p. 115. (2) A. A. S. (1926), p. 90. 00 A. A. S., (1936), p. 64. (4) A. A. S. (1938), p. 296.
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