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TRIBUNAL DE LA ARCHIDIÓCESIS DE MÉRIDA-BADAJOZ
NULEDAD DE MATREVIONIO (MffiDO)
Ante el Umo. Sr. D. Adrián González Martín
Sentencia de 29 de mayo de 1998 '
SUMARIO: I. Antecedentes: 1. Historia de Ia causa. II. Fundamentos de Derecho: 2. El consentimiento viciado por miedo. 3. La prueba del miedo. 4. ¿Es posible un consentimiento matrimonial viciado con efecto invalidante por el influjo de alguna otra pasión distinta del miedo? III. Fundamentos de hecho: 5. Valoración de las pruebas practicadas. 6. Consta de Ia nulidad en el caso por causa de miedo o temor grave externamente inferido sobre el actor, para librarse del cual éste se vio en Ia precisión de elegir el matrimonio. IV. Parte dispositiva: 7. Consta Ia nulidad.
I. ANTECEDENTES 1. Don V y doña M contrajeron matrimonio canónico en Ia iglesia parroquial de Ia misión de L, el día 8 de diciembre de 1951. La convivencia entre ambos resulta infeliz y tras varios años de convivencia se separan de hecho y separadamente trasladan su residencia a Ia metrópoli portuguesa, tras de padecer el varón prisión
* En esta causa se produce un primer incidente en el que se solicita, del Supremo Tribunal de Ia Signatura Apostólica, Ia prórroga de Ia competencia a favor del Tribunal de Ia Archidiócesis Pacense. El fundamento jurídico de Ia sentencia distingue muy bien entre los diversos aspectos del miedo como factor determinante de Ia voluntad, que vicia el consentimiento matrimonial. En las causas en que se invoca el miedo como capítulo de nulidad, tiene una gran importancia Ia prueba judicial del mismo, por resultar muy difícil su prueba directa. Resulta interesante también Ia referencia que hace el ponente, en el in iure de Ia sentencia, a otras pasiones, diferentes del miedo, con posible influjo invalidante en el consentimiento matrimonial.
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