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RECK: 58 (2001) 173-218
LIBERTAD RELIGIOSA Y NEUTRALIDAD ESCOLAR
(A PROPÓSITO DEL CRUCIFIJO Y OTROS SÍMBOLOS DE CARÁCTER CONFESIONAL)
INTRODUCCIÓN
Una de las consecuencias más inmediatas del proceso de secularización de Ia sociedad y del Estado es Ia desconfesionalización de este último y sus estructuras e instituciones. La desaparición de toda influencia religiosa o de signo confesional sobre las instancias civiles que implica Ia desconfesionalización, no conlleva sin embargo Ia desaparición del elemento religioso como valor de referencia de Ia persona individual, muy al contrario el factor religioso existe y su regulación constituye precisamente el objeto de estudio de Ia disciplina Derecho Eclesiástico. En aquellos Estados que como el nuestro se autodefinen como democráticos y de derecho y en los que se proclama entre otros valores superiores de su ordenamiento, el pluralismo en todas sus manifestaciones y, por tanto, también en las religiosas, es lógico que el Estado tenga que tener en cuenta las distintas creencias religiosas existentes en Ia sociedad que son muchas y mantenga relaciones de cooperación con las distintas confesiones tal como ordena el artículo l6 de nuestra Constitución. Por otro lado, esta pluralidad de opciones que el Estado tiene que respetar y promover Ie obliga a su vez a mantenerse neutral y al margen respecto de aquellas, y, sin embargo, esta imparcialidad a veces se ve enturbiada en aquellos países que tradicionalmente han sido confesionales y aún hoy existe una religión mayoritaria. El equilibrio de fuerzas entre Ia laicidad del Estado, por un lado, y el derecho de libertad religiosa, por otro, el respeto a las minorías religiosas y al ejercicio de su derecho de libertad religiosa tanto en su vertiente activa como pasiva, constituye el objeto de este trabajo. Son múltiples los aspectos en las que esta problemática se plantea, sin embargo nuestro análisis se centra en Ia cuestión relativa a los símbolos reli-
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