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A. A. Faílde Rodríguez, Evangelizadores: envío y misión a América (siglo XVI). Proveimiento misionero y tarea inherente a la evangelización fueron dos realidades de las que España no pudo inhibirse para hacer funcionar la empresa misional. Para tal fin crearon, tanto la Corona como las Ordenes misioneras, instrumentos personales y concretos para gestionar la aportación idónea en cada momento (v. gr. Comisarios-procuradores). Para conseguir el número de religiosos otorgados, se procedía mediante exhortaciones al reclutamiento. Si la práctica no fuel igual en las distintas Ordenes, sí lo fueron los mecanismos, métodos y resortes propagandísticos. Aunque la decisión personal era de vital importancia, se dieron factores de signo contrario que influyeron en los religiosos para los alistamientos. Así, el influjo favorable viene de la mano de la formación espiritual de los religiosos, de la identificación con el espíritu y tradición misionera de la Orden y de motivaciones del ambiente del momento. Por otra parte, los factores desfavorables brotaban de la misma naturaleza humana y de la índole del quehacer evangelizador. Previo al alistamiento se daba un proceso selectivo del candidato, en el cual se probaba su idoneidad, concepto éste exigido por todos los tratadistas, así como por las normativas pontificia, regia y de las Ordenes. El proceso de admisión se daba en dos actos: selección o incardinación oficial del aspirante en las expediciones, por parte de la autoridad competente de la Orden; y aprobación oficial, por los reyes o el Consejo de Indias, de los seleccionados. F. R. Aznar Gil, El impedimento matrimonial del parentesco espiritual en Indias ss. xvi-xvii ). La introducción del matrimonio cristiano en Indias durante los ss. xvi y xvii planteó toda una serie de problemas a los misioneros, originados principalmente por algunas diferencias que presentaba la institución matrimonial indígena precristiana frente al matrimonio cristiano. Para facilitar la conversión de los indígenas, algunas normas canónicas matrimoniales fueron modificadas parcialmente en favor de los indígenas. El presente artículo expone las modificaciones hechas al impedimento de parentesco espiritual al aplicarse a los matrimonios de los indígenas convertidos: tales modificaciones fueron, principalmente, la facultad de dispensar del mismo y la institución de un padrino común evitando con ello la multiplicación de las prohibiciones matrimoniales. V. A. Asensio Roldán, Concilio 1 Mandan° (1771). Tras la Real Cédula o Tomo Regio de Carlos III a los «muy Reverendos Padres Arzobispos de Indias e Islas Philipinas» del 21-8-1769, el Concilio I Manilano se celebró en 1771 así como los 4 Mejicano (1772), 6 Limense (1772), 2 de Charcas (1774-1778) y 2 de Santa Fe de Bogotá (1775). Las actas de ninguno de ellos llegaron a ser revisadas por la S. Sede y en consecuencia tampoco pudieron recibir su aprobación. Benedicto XIV había
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