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BIBLIOGRAFIA
W. Schulz, Leggi e disposizioni usuali dello Stato della Città del Vaticano, 2 vols. Utrumque Ius 7 y 8 (Roma, Libreria Editrice della Pontificia Università Lateranense, 1981-1982) 449 y 655 pp. Ya presentamos con gran contento en estas páginas de Ia Revista el volumen I1, Ia aparición de esta obra. El primero recogía, tras una introducción oportuna, las leyes y disposiciones generales. El autor en el segundo volumen recoge las normas y disposiciones referentes a entes y "oficios" particulares del Estado Vaticano. Al valor del primer volumen, que se hacía imprescindible, después de cincuenta años del Estado Vaticano, este segundo añade y completa los datos, en que poder ver, constatar y ponderar las características singulares de este minúsculo Estado, para el que Ia teoría yuspublicista ha reservado tantas veces el calificativo singular de "Estado instrumentado" para los fines eclesiales. La obra de Schulz encierra un gran valor científico, por cuanto que no era posible obtener no pocos datos, que él ha procurado y logrado recoger, al no haber sido todos promulgados en Acta Apost. Sedis, e incluso de algunos de los que no Ie ha sido posible siquiera constatar el modo de su promulgación (p. 15, vol. 2). Los cultivadores del Derecho constitucional e internacional, de Ia teoría general del Derecho, así como de Derecho comparado no pueden menos de felicitar al autor y felicitarse a sí mismos por estos dos singulares volúmenes, como fuente imprescindible para su tarea, a Ia hora de estudiar Ia constitutividad e institucionalidad de este Estado. También los cultivadores del Derecho canónico encontrarán datos valiosos para relacionar y comprender mejor las relaciones entre Santa Sede y Vaticano, los vínculos de funciones de los Nuncios y diplomáticos pontificios, ya que por ellos se realizan las dos funciones, inmediatamente diferenciables, de representantes de Ia Santa Sede (como entidad propiamente religiosa) y del Vaticano (propiamente estatal, aunque en su fondo por los intereses eclesiales), vinculadas ambas finalidades específicas en Ia persona del Romano Pontífice, Cabeza de Ia Iglesia y Soberano del Vaticano. De ahí las "interferencias" que a veces observa el autor, en Ia doble representación pontificia (p. 14). Las informaciones que constituyen las fuentes mismas normativas sirven también para obtener las exactas noticias con que superar informaciones incorrectas que a veces circulan divulgadas en los medios de comunicación. La amplia materia de los dos volúmenes cuenta con un índice completo cronológico de todos los documentos habidos y reproducidos desde el origen de este Estado en 1929, así como de un amplio índice de materias alfabético-analítico (pp. 631-55, del vol. 2), con Io que ha satisfecho holgadamente el deseo que mostramos al recensionar el primer volumen. 1. Cfr. REDC 39 (1983) 195-96.
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