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RE S U ME N E S
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ESTUDIOS : RAFFAELE CoPPOLA (Profesor en Ia Universidad de Bari): Introduzione del divorzio c sue conseguenze in Iialia. En este estudio, iniciado en el número anterior y que concluye en éste, el autor trata de exponer Ia introducción del divorcio y sus consecuencias e-n Italia, comparándola con las perspectivas que actualmente se ofrecen en España, una vez que te Constitución de 1979 evitó hacer cualquier referencia a Ia indisolubilidad del vínculo conyugal.
FBDERico R. AZNAR: La nueva concepción global de Ia Curia diocesana en el Concilia Vaticano II.
SUMARTO:
1. Introducción: Situación de las Curias diocesanas antes del Concilio Vaticano II. 2. La Curia diocesana en el Concilio Vaticano H.—2.1. Períodcs preconciliares: a) Sínodo romano, b) Etapa antepreparatoria, c) Etapa preparatoria.—2.2. Períodos conciliares: a) Segundo período conciliar, b) TeTcer período conciliar, c) Cuarto período conciliar.—2.3. Análisis del texto CD, 27 sobre Ia Curia diocesana: a) El texto de CD, 27. b) "Ad opera apostolatus exercenda". c) Principios estructurantes de Ia Curia diocesana. 3. Conclusión.
DOCUMENTOS Y COMENTARIOS: Luis MARTÍNEZ FERNÁNDEz: Asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas y servicio militar de clérigos y religiosos.
SUMARK> :
La asistencia reJigiosa a las Fuerzas Armadas; distintos momentos en !a Historia española desde 1644. B) El Acuerdo de 1979 y sus partes. Q Sistemas que hay que analizar: I. Peculiaridades del Acuerdo en el orden interno de Ia jurisdicción. II. Información referente al servicio militar de clérigos y religiosrs. III. Nueva extensión de Ia jurisdicción. W. Otras informaciones referentes a nuevos tipo.s de relación.
A)
GusTAVo SuÁREZ PERTiERRA (Profesor en Ia Universidad Complutense, Madrid): La personalidad jurídica de Ia Iglesia en el Acuerdo sobre asuntos jurídicos. El Acuerdo sobre Asuntos jurídicos firmado por Ia Santa Sede y España el 3 d« enero de 1979 dicta normas sobre Ia personalidad jurídica de ia Iglesia que son objeto drf presente comentario. El autor expone primero cuál será Ia situación al firmarse el Acuerdo, y tos problemas que estaban planteados, así como Ia solución que en el mismo Acuerdo se les ha dado. Finalmente se refiere a Ia personalidad jurídica de los entes de carácter benéfioo o asistencial.
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