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RESUMENES ESTUDIOS:
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LEÓN DEL Amo PACHÓN (Auditor de la Rota Española): Valoración de los testimonios
en el proceso canónico (JIU
Estudia el autor en este tercer y último artículo de los publicados sobre el tema, lo referente a las máximas de experiencia y declaraciones extrajudiciales y su correspondiente valoración en los procesos canónicos. Sobre lo primero se detiene a considerar las reglas jurídicas y axiomas doctrinales existentes en el Derecho canónico; sobre lo segundo contempla los supuestos de declaraciones ante notario civil, las actas testificales de Tribunales civiles, el valor de las declaraciones hechas ante testigos, los informes de detectives, etc., etc.
DOCUMENTOS Y COMENTARIOS:
LAMBERTO DE ECHEVERRÍA (Director
del Instituto San Raimundo de Peñafort): Funciones de los Legados del Romano Pontífice (El Motu Proprio "Sollicitudo omnium Ecclesiarum").
Con ocasión de la promulgación del Motu Propio "Sollicitudo omnium Ecclesiarum" de 24 de junio de 1969 el autor examina los fundamentos doctrinales y las características del derecho de legación de la Santa Sede, deteniéndose en algunas críticas que se han hecho recientemente al ejercicio del mismo. Examina luego la historia de este Instituto jurídico y analiza las diversas clases de representantes pontificios, la organización de la representación pontificia y su actividad. Después de estudiar la Nunciatura en España, termina con un juicio de conjunto acerca de la nueva ordenación jurídica de los Legados del Romano Pontífice,
RAMIRO DE LAFUENTE (Abogado argentino): La reforma de la legislación matrimonial
argentina.
Se hace primero un breve resumen de las principales disposiciones dictadas en la materia desde que Argentina se emancipó de la metrópoli. Luego se pasa a considerar la Ley de 22 de abril de 1968, realizando el autor un estudio comparativo de la nueva situación con ella creada respecto a la anterior. La conclusión importante es que cuando se habla en ella de "divorcio" ha de entenderse la mera separación y no la disolución del vínculo; dicho divorcio puede admitirse desde ahora, aparte de las causales tradicionales de aquella legislación, por el consentimiento mutuo de los esposos.
NOTAS: HUGO EDUARDO POLANCO BRITO (Arzobispo, administrador apostólico de Santo Domingo): El Concilio Provincial de Santo Domingo y ordenación de negros e indios. Tras una panorámica rápida sobre la historia eclesiástica de Santo Domingo, entra luego el autor a considerar más detenidamente el Concilio celebrado en aquella isla 17
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