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BIBLIOGRAFIA
Metodología de la ciencia del Derecho. Barcelona, Ediciones "Ariel", 1966. 387 págs.
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KARL LARENZ
La obia que reseñamos es la versión castellana de la ya conocida "Methodenlehre der Rechtswissenschaft". Traducción bastante fiel y completa —no sigue el ejemplo de la versión italiana que se limita a solo la parte histórica— de Gimbernat Ordeig, nos alegramos de tener entre nosotros los frutos del continuado esfuerzo de casi veinte años del autor. El tema es de perenne actualidad y de importancia indiscutible para todos los juristas. No es, en efecto, de ahora la pregunta sobre qué es la Ciencia del Derecho, ni tampoco son nuevas las voces que le niegan tal carácter. Los defensores del Derecho como ciencia alegan que lo es porque ha desarrollado métodos que apuntan a un conocimiento racionalmente comprobable; los impugnadores entienden, por el contrario, que una cosa tan cambiante y casual como es el contenido de las normas jurídicas positivas no puede ser el objeto de una ciencia. Hoy la balanza se inclina decididamente en favor de los primeros. Pero si admitimos el carácter científico del Derecho, una segunda parte de la que forzosamente hemos de preocuparnos es la de elaborarlo a través de un método. Problema también este último que en lo que va de siglo intenta ser encauzado tratando de salvar la hipertrofia que sufrió durante casi cien años, y que ha dado lugar a que —no sin razón— se haya llegado a hablar de la necesidad de una "metodología del método". Las apreciaciones, por tanto, de un jurista de la finura de Larenz, que lleva prácticamente trabajando sobre estos temas desde sus años de "Privatdozent" en Gdttingen, suponen una extraordinaria aportación. El libro se encuentra dividido en dos grandes partes. Una primera —de carácter histórico crítico— que comprende la teoría del Derecho y la teoría del método en Alemania desde Savigny a nuestros días. Una segunda —de carácter sistemático— en la que se estudia la ciencia "dogmática" del Derecho a través de lo que tiene de especial o propio y que se manifiesta precisamente en su teoría del método; por ello se la va a diferenciar de la Historia del Derecho, de la Sociología jurídica, de la Filosofía del Derecho. Comienza, pues, Larenz examinando la postura de Savigny y su concepción histórica del Derecho, la evolución que se produjo en sus ideas (págs. 25-28) y una crítica a la misma. Le toca luego el turno a "La jurisprudencia de conceptos" con un análisis minucioso de la geneología de los conceptos de Puchta (págs. 34 y ss.) haciendo incapié en lo incorrecto que es el equipararla al positivismo. Ihering y Windcheid son las dos grandes figuras que pasan seguidamente bajo el ojo crítico de Larenz (págs. 39-50).
v. P. BELTRÁN DE HEREDIA: Reflexiones en torno al método jurídico, en RDP 45 (1961) 695-696 y en general HERNÁNDEZ GIL Metodología del Derecho (Madrid 1945).
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