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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Revista Española de Derecho Canónico > 1964, volume 19, #55 > Pages 117-149. Motu propio "Pastorale Munus"
Motu propio "Pastorale Munus"
Pablo VI
LITTERAE APOSTOLICAE MOTU PROPRIO DATAE QUIBUS FACULTATES ET PRIVILEGIA QUAEDAM EPISCOPIS CONCEDUNTUR PASTORALE MUNUS, cum quo Christus lesus gravissima coniunxit officia docendi, ad sanctitatem adducendi, ligandi atque solvendi, sacrorum Antistites, licet multis obsaepti impedimentis, praecipuae tamen caritatis editis exemplis omni tempore coluerunt. Increbrescentibus vero per saeculorum decursum Ecclesiae curis laboribusque, Apostolica Sedes intento semper libentique animo Episcopornm COMENTARIO BREVE CONSIDERACIONES GENERALES 1. DeI Motu-proprio "Pastorale munus" (utilizamos Ia sigla Pm) firmado por el Papa Pablo VI, el 30 de noviembre de 1963, con validez a partir deÌ 8 de diciembre del mismo año hay dos textos : uno que fue distribuido a los Padres del Concilio Vaticano II al finalizar Ia segunda sesión: este texto fue modificado en detalles importantes al ser publicado en su redacción definitiva aparecida en AAS1. La parte dispositiva del documento tiene dos partes. En Ia primera se contienen 40 facultades y en Ia segunda 8 privilegios. 2. Las facultades son poderes que el Pm concede a los Obispos. No son facultades habituales como las quinquenales2, las cuales se rigen por las normas de los privilegios praeter ius (c. 66, § 1) sino facultades ordinarias (cfr. c. 197, § 1) que "iure competunt" al Obispo residencial, como explícitamente AAS 56 (1964) 5 ss. Las variaciones textuales son: Ia facultad n. 13 de Ia primera recensión fue suprimida: en Ia n. 14 se suprimió el inciso "in singulis casibus": el privilegio n. 8 de Ia segunda recensión es distinto del que apareció en Ia primera. Las2 demás variaciones no afectan al contenido del documento. Las facultades quinquenales no están suprimidas en virtud del Pm, ni siquiera en el caso de que alguna de ellas está contenida en el Pm; sino que continúan en vigor hasta que Ia Santa Sede las cambie. 1
https://doi.org/10.36576/summa.4663
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