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RESÚMENES
E S T UD I OS
JosÉ MALDONADO Y FERNANDEZ DEL ToRCO (Catedrático. Subsecretario de Educación Nacional) : Los primeros años de vigencia del Concordato de 1953. Páginas 7 a 28. Después de una breve introducción acerca de Ia repercusión y de Ia efectividad del Concordato en los tres primeros años de su vigencia, se refiere el autor a su influencia en Ia ciencia jurídica española y en sus apUcaciones. En cuanto a Io primero, el autor pasa revista a los distintos estudios y conferencias a que ha dado lugar Ia promulgación del Concordato. En una segunda parte trata el autor de las aplicaciones de distinta índole que han alcanzado las normas concordatarias, dividiendo su estudio en los siguientes apartados : I) Remisiones al Derecho canónico, es decir, casos en los que el Concordato ha operado una recepción del Derecho canónico en el estatal. U) Normas de aplicación inmediata. UI) Mandatos al legistador; las normas concordatarias encuadradas en esta sección del estudio Van divididas en dos secciones, según que el mandato del Concordato sea expreso o dé solamente normas que requieran ser desarrolladas en leyes complementarias futuras. TV) Remisión a convenios futuros, refiriéndose principalmente a los casos para los cuales el Concordato prevé nuevos convenios que llenarán los vacíos del Concordato. V) Por último, se refiere el autor a las modificaciones requeridas por el espíritu del Concordato. En cada uno de los apartados el autor hace un análisis completo del contenido del Concordato. LAUREANO PÉREZ MiER (Auditor de Ia Rota española) : Pío XII y el Derecho público. Páginas 29 a 64. Preámbulo. El autor divide su trabajo en tres secciones. Como fundamento común y supuesto previo, condensa brevemente Ia doctrina pontificia sobre el valor de Ia persona humana en sí misma y como centro y fin del Derecho. I. Pío XII ante el problema internacional. El autor desarrolla ta doctrina pontificia expresada sobre todo en los mensajes de Navidad, sobre las bases en las que se ha de apoyar el nuevo orden anhelado por los pueblos. II. Pío XII y el ordenamiento interno de los Estados. Misión del ordenamiento jurídico. Convivencia en Ia tranquilidad. El problema de Ia democracia: a), su planteamiento; b), derecho de los ciudadanos; c), Ia democracia como postulado natural; d), los "gobernantes en Ia democracia; e), democracia y absolutismo de Estado. III. Pío XII y el Derecho público eclesiástico. Como preámbulo estudia el autor Ia doctrina de los Papas anteriores acerca de Ia tolerancia, con especial referencia a León XIlI, para examinar en*seguida el pensamiento de Pío XII, tanto en Io referente a Ia obligación de conciencia con respecto a Io que objetivamente es verdadero y bueno como en el problema concreto de Ia tolerancia de «ultos.
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