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RNSUMENES BSTUDIOS. LORENZO MIGUÉLEZ DOMiNGUEZ (Decano de la Rota Espanola): Las causas matrimoniales de separación temporal. Páginas 315 a 351. El autor estudia casos matrimoniales referentes a la separación temporal, principalmente desde el punto de vista procesal, en relación con el Concordato y las leyes civiles españolas. Divide su estudio en tres secciones: L Procedimiento: 1) Legislación del Codex. 2) Legislación civil y concordataria.—IL Medidas preventivas: 1) La justicia y la equidad. 2) El Derecho civil español. 3) La norma concordataria.-III. Resolución procesal definitiva: 1) Tenor de la resolución. g) Efectos de la resolución. 3) Cesación de la separación.
Josg Rius SERRA (Archivero de la Sagrada Congregación de Ritos): El Decreto sobre el alcance del articulo C.' del Concordato. Páginas 353 a 378. SUMARIO : L Texto del Decreto.—II. El articulo VI del Concordato.—III. Las preces en el Canon y en los (Has del Viernes y Sábado Santos.—IV. La Colecta "Et famulos".—V. Fórmula definitiva de la Colecta.--VI. Supresión del inciso "et captivos".—VIL La Colecta "Et Lfannulos" en Portugal.--VIII. La Colecta "Et famulos" en América.—IX. Oposición a la Colecta.—X. Comentario al Decreto del 6 de julio de 1954 de la Sagrada Congregación de Ritos.
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JUAN MARTÍN SEMINARIO (Profesor en el Seminario de Pamplona): Et fuero de los clérigos en el Concordato español. Páginas 379 a 393. SUMARIO: Introducción.—Antecedentes.—Disciplina del Codex.--Concordato español.— El privilegio del fuero en el actual Concordato.—Delitos eclesiásticos.— Delito s •iviles.
DOCUMENTOS Y JURISPRUDENCIA COMENTADOS
TOMAS GARCÍA
BARBERENA (Catedrático en la Facultad de Derecho Canónico de Salamanca): Comentario al "Motu proprio" por el que se suprimen algunas palabras del canon 2.319, § 1.°, 1. Páginas 405 a 412.
número 1 de su párrafo 1.°
23.-DRREGEO C10101110)
ferencia al canon 1.063, § 1.°, que hasta ahora contenía el canon 2.319 en el
apuntar las consecuencias doctrinales que se derivan de la supresión de la re-
El autor declara que no intenta analizar el canon 2.319, sino únicamente
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