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CONCORDATO ENTRE LA SANTA SEDE ESPAÑA
En el nombre do la Santisima Trinida
La Santa Sede Apostólica y el Estado español, animados del deseo de asegurar una fecunda colaboración para el mayor bien de la vida religiosa y civil de la Nación española, han determinado estipular un Concordato que, reasumiendo los Convenios anteriores y completándolos, const:tuya la norma que ha de regular las recfprocas relaciones de las Altas Partes contratantes, en conformidad con la Ley de Dios y la tra, dición católica de la Nación española. A este fin SU SANTIDAD EL PAPA Pico XII ha tenido a bien nombrar por su Plenipotenciario a: Su Excelencia Reverendisma Monseñor Domenico Tardini, Pro-Secretario de Estado para los Asuntos Eclesiásticos Extraordinarios, y Su Excelencia el Jefe del Estado español, DON FRANCISCO FRANCO BAHAMONDE, ha tenido a bien nombrar por Sus Plenipotenciarios al Excmo. Señor Don Alberto Martin Artajo, Ministro de Asuntos teriores, y al Excmo. Señor Don Fernando Maria Castiella y Maiz, Embajador de España cerca de la Santa Sede, quienes, después de entregadas sus respectivas Plenipotencias y reconocida la autenticidad de las mismas, han convenido lo siguiente
ARTICULO
La Religión Católica, Apostólica, Romana sigue siendo la única de la Nación española y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley divina y el Derecho can6 nico.
ARTICULO 1.
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IL
El Estado español reconoce a la Iglesia Católica el carácter de sociedad perfecta y le garantiza el libre y pleno ejercicio de su poder
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