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BIBLIOGRAFIA
I RECENSiONES
LINEAS GENERALES DEL DERECHO CANONIC° (*) Dentro de la serie de manuales de ciencias jurídicas y cientificas que eon tan lisonjeros resultadós vienen editando A. Guarino y G. Palombe ha visto la luz por segunda vez la obra del catedrático de Derecho eclesiástico de NApoles MARIO PETRONCELLI Lineamenti di Diritto canonic°. Bastarfa reproducir aquí la advertencia preliminar que encabeza sus paginas para que nuestros lectores adquiriesen cabal idea de su contenido. Limita en ella el autor su intento a fines de mera iniciación. El estudiante de Derecho eclesiástico (I), el abogado que ha de enfrentarse con una causa de carácter canónico y aun el mismo doctorado que orienta sus investigaciones hacia este rico campo necesitan una obra, elemental si se quiere, que les muestre una especie de visión panorámica del Derecho canónico. Y dársela es el objetivo de la obra de PETRONCELLI. ¿Lo consigue? Dificil resulta contestar de un modo tajante y categórico a esta pregunta. Tal vez convendrá distinguir algunos aspectos. Desde luego, el libro responde perfectamente a su intento. Sin erudición. con sencillez y claridad, se recorren las partes más esenciales del Derecho canónico, exponiendolas en forma fácilmente accesible a los juristas seculares. A estos, por tanto, les será ciertamente muy útil su lectura. Por otra parte, avalora la exposición de la doctrina la bibliografía selecta y abundante, completamente al (Ha que es en cada capítulo una apremiante y tenaz tentación a profundizar en los problemas propuestos. Tiene además el mérito de haber hecho la selección bibliográfica procurando recoger precisamente aguellas producciones recientes que, por constituir intentos de colaboración y mutua ayuda en entrambos Derechos, resultan más estimulantes. Cabe, sin embargo, considerar el libro desde un punto de vista más técnico; es decir, preguntarse (BPS utilidad puede reportar su lectura al ya iniciad() en Derecho canónico. A tal cuestión habría que responder en un sentido negativo, no hay tal utilidad o es muy escasa, si de lo que se trata es de la adquisición de nuevos conocimientos. El tono general es elemental y no puede pretenderse otra cosa.
(*) MARIO PETRONCRLTI, Lincamente di Diritte canonice (seconda edizione). Editrice Humus, Nápoles, 1947. Vol de 255 págs. (1) T6ngase en cuenta el sentido que a esta expresión dan los italianos y el carácter faeultativo que en sus planes de estudio tiene el Derecho canónico.
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