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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Revista Española de Derecho Canónico > 2023, volumen 80, n.º 194 > Páginas 195-226. CARTA APOSTÓLICA MOTU PROPRIO VOCARE PECCATORES EN LA QUE SE MODIFICAN ALGUNOS CÁNONES DEL TÍTULO XXVII Y EL CANON 1152 DEL CÓDIGO DE CÁNONES DE LAS IGLESIAS ORIENTALES
CARTA APOSTÓLICA MOTU PROPRIO VOCARE PECCATORES EN LA QUE SE MODIFICAN ALGUNOS CÁNONES DEL TÍTULO XXVII Y EL CANON 1152 DEL CÓDIGO DE CÁNONES DE LAS IGLESIAS ORIENTALES
Campos Martínez, Francisco José. // Papa Francisco
Queremos concluir este breve comentario a Vocare peccatores reconociendo una vez más el acierto del papa Francisco, y del trabajo de los Dicasterios para los Textos Legislativos y de las Iglesias Orientales, al reformar la disciplina penal oriental, cuyo fin es que ésta sea más apta y más eficaz ante las necesidades actuales de las Iglesias orientales católicas, y congruente con la disciplina universal. Ciertamente, era una reforma necesaria, esperada, y que ayudará sin duda a responder mejor a los desafíos actuales en cuanto a la persecución de los delitos, especialmente, en materia de protección de menores y de las personas vulnerables a ellos equiparados. También contribuirá en gran medida a coordinar mejor con toda la Iglesia y con el resto de ordenamientos penales seculares la lucha contra estos y otros graves males. La reforma penal oriental fue promulgada el 20 de marzo de 2023, solemnidad litúrgica de San José, y entrará en vigor el 29 de junio de 2023. Como el mismo papa Francisco expresa al final del motu proprio, esperemos por el bien de la justicia y de la entera comunidad eclesial una ejecución activa de esta renovada disciplina penal oriental
https://doi.org/10.36576/summa.153745
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12 / 07 / 2023 00 : 00 : 00