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SOBRE EL MATRIMONIO DE APOSTATAS
Comentario a una Resolución de Ia Dirección General de los Registros y del Notariado de 4 de marzo de 1961.
HECHOS
EI día 29 de julio de 1960 se presento ante Ia autoridad competente en uno de los Juzgados de Valencia una solicitud firmada por don A. H. y doña I. L. en Ia que suplicaban Ia incoación del oportuno expediente de matrimonio civil con el fin de que se autorizase, previo los trámites oportunos, Ia celebración del mismo. Ambos pretendientes declararon haber sido bautizados en Ia, Iglesia Católica, pero que en Ia actualidad no profesaban su doctrina, sino Ia de Ia Iglesia Evangélica. Acompañaban aseverando estas declaraciones, partidas del bautismo católico, declaraciones de apostasia firmadas y fechadas el día 20 de aquel mismo mes y año, y dos escritos del Pastor de Ia Iglesia Evangélica en las que se hace constar que el solicitante es miembro practicante asiduo a los cultos de su iglesia desde el 22 de julio del año 1951, mientras que ella se hace figurar como miembro practicante y asiduo a dichos cultos desde el 10 de julio de 1960. Ratificado su deseo ante el Juez correspondiente, reiteran su apostasía. La prueba testifical y, posteriormente, el examen que por separado hace el Juez a cada uno de los pretendientes, coinciden en afirmar que él fue bautizado en Ia Iglesia Evangélica en 1951, asistiendo ella también a los cultos de Ia referida iglesia desde aquel tiempo, si bien no recibió el bautismo en ella hasta el 10 de julio de 1960. Cursada Ia oportuna notificación a Ia Autoridad eclesiástica, de acuerdo con Ia Ley en vigor, esta contestó "que Ia apostasia de Ia contrayente, por ser reciente, se puede considerar como sospechosa de tratar de eludir Ia legislación canónica sobre el matrimonio a Ia cual viene obligada por su condición de bautizada en Ia Iglesia Católica". De acuerdo con ello el Ministerio Fiscal dictaminó Ia no autorización del matrimonio civil solicitado, por no aparecer demostrado en autos de modo cumplido y satisfactorio, que aleje toda duda racional de fraude de Ia ley, el hecho de Ia apostasia de Ia solicitante Elevada consulta al Juez de Instrucción y Primera instancia, de
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