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LA IGLESIA Y LOS BIENES CULTURALES (Aproximación al estudio de la disciplina canónica)
SUMARIO: 1. Introducción.—II. Disposiciones del Código de Derecho Canónico de 1917 en torno a las "res pretiosae".—III. Documentos normativos anteriores al Concilio Vaticano 11.-1V. Directrices del Concilio Vaticano II y legislación postconciliar, en especial la Carta Circular de 11 de abril de 1971 de la Sagrada Congregación del Clero a los Presidentes de las Conferencias Episcopales sobre la conservación del patrimonio histórico-artístico de la Iglesia.—V. Las líneas fundamentales del nuevo Código de Derecho Canónico en materia de bienes culturales.—VL Análisis y evolución de la definición de "bienes culturales".—VII Valores inherentes a los bienes culturales religiosos e interés de la Iglesia sobre los mismos.—VIII. La tutela en el Derecho Internacional : examen de las adhesiones de la Santa Sede a algunas de las principales Convenciones Internacionales.—IX. La nueva situación del patrimonio cultural de la Iglesia en España tras la aprobación de la Constitución de 1978 y de los Acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede.
L—INTRODUCCION
A nadie se le oculta el enorme interés que en tiempos recientes viene cobrando el tema relativo a la protección de los bienes culturales. Por todas partes y en los más variados medios se detecta una progresiva toma de conciencia al respecto. Quizá, como sucede tantas veces, hayamos debido esperar a ver nuestro patrimonio artístico y cultural notablemente empobrecido, cuando no directamente agredido, para darnos cuenta de su inestimable valor y, consiguientemente, instar su defensa en todos los frentes y, desde luego, en el jurídico. Los bienes culturales son «fuente de conocimiento» para reconstruir la mayoría de los planos y las perspectivas en que se descompone y refracta la experiencia histórica (religión, economía, vida social, sensibilidad, etc.), al tiempo que constituyen un elemento capital en la identificación de los pueblos y en la gestación de su futuro. Sólo estas razones justifican por sí mismas todo esfuerzo que se realice en pro de su tutela y, desde luego, son suficientes para que cobremos conciencia del deber que nos incumbe de conservarlo y transmitirlo a las generaciones venideras. Tampoco es este el lugar oportuno para que nos extendamos en inventariar las causas y agentes que amenazan su íntegra subsistencia. Desde la especulación inmobiliaria hasta la contaminación atmosférica, pasando por las excavaciones clandestinas y el comercio ilegal, pocos aspectos de la civilización industrial pueden
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