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ESTUDIOS
JOSg MALDONADO Y FERNANDEZ DEL TORCO (Letrado del Consejo de Estado) : El problema de los hechos notorios en el Derecho canónico (c. 1.747, n. 1). Pigs. 749-766. El canon 1.747 establece tres categorías de hechos que no son objeto de prueba en el proceso. La primera, los hechos notorios, plantea especiales problemas, que el autor estudia examinando: 1.° La evolución histórica del concepto de notoriedad. 2.° Las teorías que modernamente se han formulado para expresarlo, y en especial la de Carnelutti. 3.° La doctrina del Codex. 4.° El juicio critico que merece una y otra, muy favorable a ésta. Termina recorriendo brevemente algunos problemas menores que se plantean en torno a las nociones fundamentales expuestas. LORENZO RODRÍGUEZ SOTILLO, S. I. (Catedrático de la Universidad Pontificia de Comillas) : La obligatoriedad de las leyes civiles. Pigs. 767-801.
a) Reglas generales. b) Ejemiplos. c) Leyes tributarias. d) Leyes que regulan los actos juridicos: negándoles asistencia, inhabilitantes, rescisorias, irritantes y las que exigen determinadas formas o solemnidades para la validez. e) Leyes sociales y económicas. 2.° Dificultades para concretar la obligatoriedad de las Leyes actuales: a) Distinción previa. b) Funciones de la propiedad. c) Derecho económico. d) Leyes económico-fiscales. e) Falta de conciencia moral. f) Multiplicidad de Leyes. 3.° Obligatoriedad en conciencia de las Leyes civiles estrictamente dichas: a) Estado de la cuestión. b) Leyes en materia eclesiástica. c) Sinceridad de nuestros It gisladores civiles. d) Obligatoriedad general. e) Nulidad de los actos contrarios a la Ley: los nulos de pleno derecho, los anulables, los rescindibles; estudio especial del articulo 4.° del Código civil español. f) Leyes anulatorias. g) Actos faltos de forma legal; el testamento. h) Leyes rescisorias. 4.° Algunas Leyes que reclaman particular atención: a) Leyes de ocupación. b) Leyes de donación. c) Leyes de arrendamiento. 5.° Leyes de prescripción: a) Buena fe. Li) Prescripción extraordinario. c) No necesidad de buena fe. d) Buena fe f n la prescripción liberativa. e) Eficacia de las Leyes de prescripción extintiva.
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I ." Normas que dan los moralistas para determinar cuáles sean las leyes directamente obligatorias:
Estudia el autor en este articulo, que es continuación de otros dos ya aparecidos en tsta misma REVISTA, los siguientes puntos:
CLEMENTE PUJOL, S. I. (Catedrático del Pontificio Instituto Oriental) : El problema del bautismo de los fetos abortivos en el canon 747 del Código de Derecho canónico. Páginas 803-818.
Se trata de un comentario al canon 747 bajo un aspecto parcial. El artículo estudia dos puntos: 1) la interpretación del canon, y 2) la relación existente entre el canon y la cuestión del momento de la infusión del alma racional. El autor pasa revista a las diversas opiniones de los canonistas y moralistas que han interpretado dicho canon y llega a la conclusión de que el canon no soluciona la coutrov e r.;. Aoctrinal existente acerca del momento de la animacii 4.1 (et..
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