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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Salmanticensis > 1978, volumen 25, n.º 2 > Páginas 227-240. La financiación de la misión de las Iglesias en la República Federal de Alemania
La financiación de la misión de las Iglesias en la República Federal de Alemania
Isensee, Joseph
LA FINANCIACIÓN DE LA MISION DE LAS IGLESIAS EN LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA I.—REFLEXIONES FUNDAMENTALES SOBRE EL CONCEPTO DE FINANCIACIÓN EN EL DERECHO ECLESIÁSTICO ESTATAL La libertad de Ia Iglesia se apoya esencialmente en Ia seguridad de su financiación. De aquí que el derecho eclesiástico alemán manifieste de Ia manera más clara su pecuUaridad en Ia regulación de Ia cuestión financiera. El autor de Ia constitución alemana, que sentó en 1919 y 1949 las bases liberales de las relaciones Estado^Iglesia, era ajeno al jacobinismo. Su obra no es un modelo conforme a una teoría, sino un compromiso político que se erige sobre el equilibrio de los antagonismos y sobre Ia adaptación de Io tradicional a Ia nueva ordenación. El concepto de financiación no sigue un principio único. Enlaza diferentes ideas rectoras, que se equilibran en un sistema diferenciado. Toma en cuenta Ia libertad religiosa subjetiva de los individuos y Ia libertad institucional de las Iglesias. Garantiza a las comunidades religiosas Ia igualdad general ante el derecho. A pesar de todo no degrada a las Iglesias a unas entidades puramente privadas, sino que reconoce su importancia dentro de Ia historia y su significación viva y actual para Ia sociedad. La independencia recíproca de Ia Iglesia y el Estado no origina ningún temor laicista en orden a sus mutuas relaciones. La independencia es base, no impedimento, de una cooperación. El Estado es neutral en materia religiosa; sin embargo, Ia neutralidad tiene un acento positivo. La Iglesia Ubre en un Estado libre recibe Ia protección del Estado.
https://doi.org/10.36576/summa.7044
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