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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Revista Española de Derecho Canónico > 1999, volumen 56, n.º 147 > Páginas 795-814. Análisis de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre el reconocimiento de efectos civiles a las resoluciones canónicas en materia matrimonial (1981-1999)
Análisis de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre el reconocimiento de efectos civiles a las resoluciones canónicas en materia matrimonial (1981-1999)
Corral García, Rosana
REDC 56 (1999) 795-814 ANALISIS DE LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SOBRE EL RECONOCIMIENTO DE EFECTOS CIVILES A LAS RESOLUCIONES CANÓNICAS EN MATERIA MATRIMONIAL (1981-1999) 1. CONSII)KRACIONKS PRKVIAS. lNKXISTKNCIA I)E VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALKS A LA IGUALDAD Y A LA LIBKRTAD RELIGIOSA. CONCESIÓN DEL AMPARO PARA LA PROTECCIÓN DE LA TUTCLA JUDICIAL EFECIlVA La base del presente estudio, el tratamiento que el TC ha otorgado a Ia homologación civil de resoluciones canónicas en materia matrimonial, viene constituido por un total de nueve sentencias a Io largo de sus diecinueve años de funcionamiento, desde 1981 hasta Ia actualidad '. También resultará necesaria Ia referencia a los autos relativos a esta materia que, si bien han dado lugar a Ia inadmisión del recurso de amparo que trataba de someterse a consideración del Alto Tribunal, contienen ciertos pronunciamientos que enfatizan las posiciones sostenidas en las sentencias en las que se entra a resolver sobre el fondo de Ia cuestión. Como punto de partida podemos diferenciar desde su origen aquellas decisiones basadas en hechos subsumibles en Ia normativa determinada por el régimen legal transitorio de aplicación, y aquellas otras secuencias de hechos encuadrables en el sistema matrimonial delimitado por el AAJ y desarrollado por Ia Ley 30/1981. Hechas las precedentes consideraciones, resulta imprescindible comenzar esta exposición haciendo referencia a Ia valoración que los artículos 14 y 16 de Ia CE (igualdad y libertad religiosa) han obtenido por parte del TC. Para ello se tomarán como referencia no sólo las sentencias, sino también, y de manera fundamental, los autos de este Tribunal. Precisamente los autos, al determinar Ia inadmisión a trámite de aquellas demandas que planteaban el estudio en exclu- 1 A modo de curiosidad, y poniendo de manifiesto Ia importancia de esta temática, hemos de señalar que precisamente Ia primera sentencia dictada por el TC, Ia 1/1981, de 26 de enero, versa sobre este particular.
https://doi.org/10.36576/summa.6033
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