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REDC54(1997)211-218
ANALISIS DEL MATRIMONIO: SÍNTESIS PERSONALISTA INSTITUCIONAL
Entre los cánones que particularmente reflejan Ia renovada filosofía personalista del Concilio Vaticano II, en su expresiones jurídicas dentro del campo del derecho matrimonial, el canon 1055 lógicamente viene primero. Y es así, no sólo por tratarse del canon con el que se abre el Título sobre el Matrimonio, sino precisamente porque —con Ia gran novedad que encierra— enseña cómo Ia comprensión del matrimonie que brinda el Concilio, confirmada por el Magisterio post-conciliar, alcanza una síntesis de aspectos que tendían anteriormente a contrastarse e incluso a ser colocados en mutua oposición. Hecho, éste último, que perjudicaba en medida no pequeña Ia consideración del instituto conyugal tanto en el campo jurídico como en el teológico, y hasta en el mismo enfoque pastoral de tantas situaciones matrimoniales. Dejando de lado Ia cuestión de Ia sacramentalidad de Ia alianza matrimonial (tema que he tratado en otros lugares desde distintos punto de vista) ', centremos nuestro interés en las siguientes palabras del canon 1055: «La alianza matrimonial, por Ia que el varón y Ia mujer constituyen entre sí un consorcio de toda Ia vida Jestá] ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a Ia generación y educación de Ia prole». Aquí, a mi modo de entender, se trata de una fórmula revolucionaria, no ciertamente por cuanto pueda referirse a Ia descripción del matrimonio como «consorcio de toda Ia vida» 2 , sino más bien por el modo de expresar los fines del matrimonio, o sea su doble «ordenación» al bien de los cónyuges y a Ia procreación/educación de los hijos. Efectivamente, un cuidadoso examen hace resaltar cómo una nueva visión personalista del matrimonio ha entrado aquí en el mundo canónico, «desplazando» (algunos dirían) Io que tradicionalmente se llamaba Ia visión institucional, o más bien (diría yo) remodelándola profundamente. El tema pide una atenta consideración.
1 'La sacramentalidad del matrimonio: reflexiones canónicas', en Ius Canonicum, 35 (1994), pp. l67-188; 'La sacramentalidad del matrimonio. Reflexiones teológicas', en Revista Española de Teología 53 (1993), pp. 43-67. 2 -totius vitae consortium- es de hecho una expresión de antiquísimo origen, que nos proviene del Derecho Romano. Cf. Modestinus, f)igest 23, 2, 1.
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