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RESEÑA JURIDICO CANONICA Marzo - Mayo, 1969 Seguimos, más o menos, la ordenación de nuestras reseñas anteriores.
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TRES DISCURSOS DEL PAPA
Seleccionamos, entre otros muchos, tres de ambientación más general. a) Discurso al Tribunal de la Rota (27 de enero). AAS LXI (1969)
174-178.
Tardíamente nos llega el texto oficial en AAS de 31 de marzo, aparecido no hace mucho. Es una audiencia que se espera cada año en el mundo del Derecho, aprovechada por el Papa para dar una orientación en esta problemática. Después de las palabras del Decano, resumen de las actividades del Tribunal en el ario pasado, el Pontífice se detiene, antes que nada, en el tema de la potestad judicial de la Iglesia, enmarcándola en el conjunto de la misión eclesial y comparándola con la potestad directamente santificante. Este paralelismo, tan querido para el Papa en tantos de sus discursos, es expuesto luego más al detalle : sin olvidar nada de la realidad profunda de su aspecto místico y carismático, pone en relieve el aspecto visible y social. De nuevo el Papa sale al paso de una interpretación excesivamente asimilativa de la potestad de la Iglesia, con la potested civil, en esta hora en que justamente el concepto de autoridad en la Iglesia se está refiriendo a su razón de ser, que es la de servicio. Insiste en esta idea del servicio: en el Tribunal de la Rota quiere el Papa ver el reflejo de las virtudes que desea sean la nota de su propio ministerio. Sacando consecuencias de esta actitud de servicio, el Papa recuerda que un Derecho canónico exterior y formalístico, que prescindiese del espíritu del Evangelio, o que prevaleciese sobre la especulación teológica, o sofocase la formación de la conciencia para la autodeterminación, no respondería a la orientación del Concilio : pero de ahí seria exagerado derivar una postura de desprecio para el Derecho canónico, entendido como consecuencia de la potestad entregada por Cristo a su Iglesia ; como exigencia de su naturaleza social y visible, comunitaria y jerárquica ; como guía para la vida religiosa y perfección cristiana y como tutela jurídica de la misma libertad. Termina el Papa esperando de los miembros del Tribunal un nuevo empeño de perfeccionamiento, a la luz de las características definidas de la hora presente.
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