‹ Back to search results
SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Revista Española de Derecho Canónico > 2009, #167 > Pages 839-858. Sentencia del Tribunal del Obispado de Cádiz-Ceuta sobre nulidad de matrimonio por defecto de discreción de juicio. Ante el Ilmo. Sr. D. Pedro Velo González. Texto y comentario
Sentencia del Tribunal del Obispado de Cádiz-Ceuta sobre nulidad de matrimonio por defecto de discreción de juicio. Ante el Ilmo. Sr. D. Pedro Velo González. Texto y comentario
López Zubillaga, José Luis
TRIBUNAL DEL OBISPADO DE CÁDIZ-CEUTA Nulidad de Matrimonio Defecto de discreción de juicio ante el Ilmo. Sr. D. Pedro Velo González Sentencia de 9 de junio de 2009 Comentario El embarazo prematrimonial es sin duda una de las causas que, especialmente en otros tiempos, llevaba a contraer un matrimonio, en el que el discernimiento y valoración del matrimonio mismo solía quedar bastante difuminado. La presión social y familiar, especialmente en familias de fuertes convicciones cristianas, llevaban a veces a un matrimonio no suficientemente valorado. En esos casos la trepidación interior producida por el hecho de la concepción, podía llevar a alguno o a ambos contrayentes a una merma considerable de lo que se ha venido en llamar «libertad interna». Dicha falta de libertad interna se produce cuando la persona que la padece se encuentra limitada en su libertad al obrar por una causa que surge del interior de la persona, no del exterior como ocurriría en el caso del miedo grave, por ejemplo. Merece especial atención por tanto, el capítulo de falta de libertad interna en relación con el miedo grave. Reiterada jurisprudencia ha afirmado la necesidad de la libertad interna para un consentimiento matrimonial válido. Pero por ser interna sólo puede ser viciada por causas internas igualmente. Es decir, por causas de naturaleza psíquica diversas del miedo que proviene de una causa externa. La disminución de libertad interna suele provenir de una causa de naturaleza psíquica que impide una libre autodeterminación del sujeto. En estos casos es imprescindible la prueba pericial psicológica que determine el grado de influencia de la anomalía de que se trate en la voluntad del sujeto actuante. La Jurisprudencia entiende que la falta de libertad interna se produce cuando el sujeto o no fue dueño de sus actos, o no supo lo
https://doi.org/10.36576/summa.29670
PDF
20
x
204.6 KiB (209,530 bytes)
/ / : :