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HACIA UN ESTATUTO ECLESIASTICO DE LA PREVISION SOCIAL DEL CLERO
La previsión social del clero se ha desarrollado, especialmente, en el curso de los últimos veinticinco años, bajo las influencias conjuntas de las grandes corrientes sociales y de las directrices eclesiásticas que las inspiran 1 . La herencia de las instituciones primitivas de asistencia serán recogidas por las nuevas formas de protección, fruto de este haz de impulsos. Este fenómeno, ignorado en el Código de Derecho canónico, fue en principio, obra de los obispos y de los Concilios particulares y se afirma entrada ya la segunda mitad del siglo XIX, pero las directrices de la autoridad superior no llegarán a ser oficiales hasta un siglo más tarde 2 .. Es decir, que las normas diocesanas y los decretos conciliares se cristalizan en los grandes documentos que mantendrán la atención como jalones recientes del estatuto eclesiástico de la previsión social del clero: la Exhortación apostólica "Menti nostrae" de 1950, la Constitución apostólica "Cien i sanctitati" de 1957 y el decreto conciliar Presbyterorum ordinis de 1965. El Magisterio supremo consagra progresivamente la práctica de los Ordinarios y esboza, hasta tanto llegue una codificación, los elementos dentro de las directrices que anuncian las normas de un derecho común.
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LAS DIRECTRICES DE LA "MENTI NOSTRAE"
Publicada el 23 de septiembre de 1950, 3 pocos arios después de la Segunda guerra mundial, la Exhortación "Menti nostrae" llegaba en un momento de intensa renovación de las instituciones sociales: la seguridad social tiende ahora a generalizarse de acuerdo con una política que definirán notablemente la Declaración de Filadelfia, en 1944, y la Carta de las Naciones Unidas en 1945 4 . Abordando los diferentes aspectos del sacerdocio contemporáneo, Pío
1 Cfr. en especial mis trabajos acerca de las mutualidades eclesiásticas de previsión social y de los regímenes de pensiones del clero, en Année canonique, IX (1965) 65-101 y XII (1968) 115-186. 2 Cfr. también mis ensayos sobre la Asistencia social al clero según el concilio plenario de Baltimore de 1884 y las influencias de esta legislación, en Ephemerides 1uris canonici, XIX (1963) 3-4, 3-15, y también los elementos históricos de mis Orientaciones bibliográficas para estudiar la previsión del clero, ibid., XXIV (1968) 3-4,
364-392. 3 AAS 42 (1950) 697-699.
J. J.
DUPEYROUX : SeCtirité,
París, Dalloz, 1967, p. 69, notas 1 y 2.
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