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BIBLIOGRAFIA
L REVISTA DE REVISTAS
A)
NORMAS GENERALES
Probabilismo canónico Asi encabeza el P. CABREROS un articulo publicado en la revista "Sal.rnanticensis" (I), en el cual, después de una breve introducción, estudia la duda de derecho y la duda de hecho, a que alude el canon 15 del Codex. Los llamados sistemas );norales, comienza diciendo en la introducción, funcionan a base de la duda objetiva probable acerca del verdadero sentido de la ley como norma de conducta y de la certeza moral (los subrayados son del autor) que la prudencia exige siempre en el obrar humano. Los sistemas morales tratan de mostrar, mediante algunos principios reflejos, cuál sea la norma obligatoria de conducta que debe observarse cuando no se descubre claramente ante nuestra vista la trayectoria que conduce a nuestro fin. Estas normas generales de prudencia que dictan el modo obligatorio de obrar en los casos dudosos a fin de garantizar la licitud de nuestros actos, son posibles, como son posibles y perennemente válidos los preceptos de justicia, de caridad y de cualquier otra virtud, siempre que estas reglas ifniversales y permanentes estén fundadas en la esencia o naturaleza misma de'las cosas. Rechazar de plano los principios generales llamados refiejos, seria lo mismo que apagar el foco de luz destinado a iluminar una encrucijada... Nosotros no intentamos investigar qué principios reflejos de moraiidad son más conformes a la prudencia, sino conocer las supremas normas directrices que para el caso de duda el Codex ha sancionado y que, por lc* tanto, son indiscutiblemente seguras. Nuestro Cádigo distingue en el canon is una doble clase de duda por razón del objeto, en la que se basa todo el sistema canónico acerca de la existencia objetiva y de sus efectos jurídicos y morales: esta doble duda es la de derecho y la de hecho. (Son del autor todos los subrayados.)
(i) M. CABREROS DE ANTA, C. M.
F.: "Salmanticensis", 2 (1955), SO-89.
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