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REDC 64 (2007) 673-702
LOS PROFESIONALES DEL DERECHO CATÓLICOS ANTE LAS CAUSAS DE DIVORCIO
1. Punto de partida: la alocución papal de 28 de enero de 2002 El 28 de enero de 2002, en su Alocución con ocasión de la apertura del año judicial de la Rota Romana, Juan Pablo II centró sus reflexiones en torno a las causas de nulidad matrimoniales que constituyen, por otra parte, un alto porcentaje del trabajo rotal. Destacando la perspectiva de la pastoralidad en la administración judicial, animaba a los auditores, promotores de justicia, defensores del vínculo, oficiales y abogados a que profundizaran en la verdad sobre el matrimonio y la familia. En concreto, partiendo de la presentación positiva de la indisolubilidad del matrimonio estimulaba a que no se rindieran ante la mentalidad y la “plaga” divorcista y ante el permisivismo imperante en nuestra sociedad. Hasta aquí no había nada novedoso. Sin embargo, los últimos párrafos del apartado 9º de la referida Alocución entroncaban con discursos anteriores en los que el Pontífice había disertado —en otras sedes y ante otros destinatarios—, sobre la deontología de los políticos, los médicos y los farmacéuticos y sobre la objeción de conciencia. En esos párrafos el Santo Padre afirmaba que:
Fue la Gaudium et spes n. 47 del Concilio Vaticano II la que empleó este término para describir los efectos del divorcio que se propagaba en la sociedad. Juan Pablo II la ha empleado en otras ocasiones, p. ej., en su Discurso a los obispos peruanos (4-10-1984); ante los obispos uruguayos (8-5-1988; 12-2-1994); en varias Alocuciones a la Rota Romana (24-1-1981; 28-1-1991); en la Audiencia general del 8-4-1981; en la Homilía del Jubileo de las Familias (25-3-1984) y en Caracas (27-1-1985); en el Discurso a los participantes de un Seminario promovido por el Instituto Juan Pablo II (23-3-1992). Por ejemplo, en el Discurso al vicario castrense italiano de 9-10-1980; en el encuentro ecuménico de Madrid de 3-11-1982 (nº 3); en su Mensaje en la Jornada por la paz de 8-12-1991 el Papa recordaba que “la libertad de conciencia no da derecho a una indiscriminada práctica de la objeción de conciencia” (VI); el 9-12-1994 el Papa invitaba a los médicos católicos italianos a vivir el heroísmo “cuando el servicio a la verdad obliga a la objeción de conciencia”, con palabras similares a las pronunciadas el 25-11-1995 a los congresistas del Instituto Clínico de la Universidad del Sacro Cuore; en el Discurso a la Federación Internacional de Farmacéuticos católicos, de 3-11-1990.
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