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FAM 19 (1999) 105-119
COMUNICACIONES
Comentario a la Ley 6/1999, de 26 de marzo, relativa a parejas estables no casadas, de la C o m u n i d a d A u t ó n o m a de A r a g ó n
Facultad de Derecho. Universidad de Salamanca
Dra. Lourdes Ruano Espina
LEY 6/1999, DEL 26 DE MARZO, RELATIVA A PAREJAS ESTABLES NO CASADAS (BOA n. 39, de 6 de abril de 1999; BOE n. 95, de 21 de abril de 1999) En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía. PREÁMBULO La sociedad española en general, y la aragonesa en particular, viene demandando, desde hace tiempo, la regulación normativa de las llamadas parejas de hecho. Desde que en 1982, y auspiciado por el Consejo de Europa, se celebró el primer y único Congreso sobre parejas no casadas, son muchos los países de la Unión Europea que, de una forma u otra, han ido adaptando sus respectivas legislaciones a este fenómeno convivencial, tendiendo a equiparar, total o parcialmente, a estas parejas con los matrimonios.
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