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LA «ECCLESIA lURIS» EN EL VATICANO II
M. CABREROS DE ANTA, C. M. F.
Estudiamos ya hace tiempo los «aspectos jurídicos de Ia Iglesia en Ia Encíclica «Ecclesiam suam» de Pablo VI l. Siguiendo un esquema parecido, intentamos ahora destacar las líneas principales de Ia llamada «Ecclesia iuris» en el Vaticano II, teniendo en cuenta no poco de Io que sobre el mismo tema se ha escrito después del Concilio. Falta todavía tiempo y Ia necesaria perspectiva para producir obras magistrales y definitivas sobre Ia Iglesia del Vaticano II. Sólo cabe por ahora ,en nuestro caso, Ia aportación fiel y rectamente interpretada de los textos conciliares, junto con el ensayo de una sistematización más o menos científica de los conceptos doctrinales que en toda Ia obra conciliar se presuponen o claramente se enseñan, en Ia medida y forma precisas en que todo ello conduzca a Ia demostración de Ia tesis propuesta. La explanación de cada uno de los presupuestos doctrinales ciertos que utilizamos como medio de prueba no es ahora objeto de nuestro modesto estudio, el cual sólo pretende hacer una estructuración general del tema enunciado y dar una visión sintética de Ia Iglesia como institución jurídica. Concilio e Iglesia. Doble aspecto de Ia Iglesia. La doctrina católica ha considerado siempre a Ia Iglesia bajo un doble aspecto : por una parte, el interno, espiritual y mistérico de su vida en Cristo; y por otra parte el externo, social e intitucional. Ni los teólogos ni los canonistas pensaron nunca en separar un aspecto de otro ni dudaron que Ia primacía correspondía al elemento espiritual. Pero diversas razones históricas hicieron que Ia acción de los canonistas avanzara, en su propia línea, más que Ia de los teólogos en Ia suya respectiva, predominando así
1. Cf. nuestros Nuevos Estudios Canónicos, Vitoria, 1966, p. 87-100.
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