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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Revista Española de Derecho Canónico > 1970, volume 26, #75 > Pages 605-612. Reseña de Derecho del Estado sobre materias eclesiásticas
Reseña de Derecho del Estado sobre materias eclesiásticas
Portero Sánchez, Luis
RESEÑA DE DERECHO DEL ESTADO SOBRE MATERIAS ECLESIÁSTICAS L EG ISLA C IO N ENSEÑANZA Prueba final para los estudios de Asistentes Sociales '.—Una Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 22 de mayo del corriente año, refunde las normas contenidas en Ia Resolución de 16 de mayo de 1969 y Ia Orden de 4 de junio de 1969, señalando cómo ha de realizarse Ia prueba final de los estudios de Asistentes Sociales: fechas de exámenes, tribunales que han iie calificar, materias principales y secundarias, etc. Ley General de Educación y Financiamiento de Ia Re|orma Educativa1. Con fecha 4 de agosto aparece aprobada Ia Ley General de Educación y Financiamiento de Ia Reforma Educativa por Ia Jefatura del Estado. Los artículos de Ia misma que más directamente afectan a las enseñanzas de Ia religión son el 17, 22, 24 y 136: La enseñanza religiosa se declara obligatoria en todos los centros, pero se permite pedir dispensar de Ia misma a solicitud de los estudiantes mayores de edad o de los padres de los menores de edad. Toda Ia Ley habrá, sin embargo, de tenerse en cuenta por los entes eclesiásticos dedicados a Ia enseñanza. Convalidación de estudios eclesiásticos por los de Bachillerato \—Una Orden de 1 de setiembre dispone por el Ministerio de Educación y Ciencia el cuadro de convalidaciones de los estudios eclesiásticos por los correspondientes del Bachillerato, plan de 1967. La aprobación de cada uno de los 4 cursos de Humanidades —se dice— será convalidada por los correspondientes del Bachillerato Elemental unificado, sin necesidad de realizar prueba alguna de los mismos; Ia convalidación del primer año de Humanidades por el primero de Bachillerato lleva implícita Ia dispensa del examen de ingreso. Una vez aprobados los cursos de Humanidades podrá pasarse directamente al examen de Grado Elemental. Ordenanza Laboral para Ia Enseñanza no Estatal*.-Por Orden ministerial de 30 de septiembre se aprueba por el Departamento de Educación y Ciencia Ia Ordenanza Laboral para Ia enseñanza no estatal. Comprende en Boletín Boletín Boletín * Boletín 1 2 3 Oficial Oficial Oficial Oficial del del del del Estado Estado Estado Estado de de de de 10 de junio de 1970. 6 de agosto de 1970. 26 de setiembre de 1970. 20 de octubre de 1970.
https://doi.org/10.36576/summa.4952
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