|
ACTUALIDAD
LA XIII SEMANA ESPAÑOLA DE DERECHO CANONICO (Zaragoza, 21-26 de setiembre de 1970) La tradición canonistica española tiene ya por costumbre celebrar cada dos años una Semana de estudio, bajo el patrocinio del Instituto "San Raimundo de Peñafort", dependiente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. De ellas proviene esa colección de volúmenes de Actas que constituyen ciertamente un instrumento de trabajo universalmente apreciado. El presente año se daba, además, una efemérides para e' Centro organizador: cumplía sus veinticinco años de funcionamiento; motivo suficiente, pues, para que Ia celebración de Ia XIII Semana de Derecho Canónico adquiriera un carácter conmemorativo extraordinario y marcadamente internacional. Efectivamente, en Ia histórica ciudad de Zaragoza nos reunimos cerca de un centenar de semanistas para escuchar las ponencias de veintiún relatores pertenecientes a once distintos países: desde representantes de diversos lugares de América, hasta prestigiosos canonistas de las principales naciones europeas y de Oriente. El interés dcl tema iba a conjugarse con un enfoque del mismo que pudiéramos considerar universal. Fn esta ocasión se estimó que pocas cosas tenían tanta trascendencia práctica en el campo canónico actual como "La institución concordataria" ya que. como es bien sabido, se encuentra siendo simultáneamente objeto de vivas discusiones doctrinales y de modificaciones en el terreno diplomático y real. Se ha dicho a este propósito que las relaciones Iglesia-Estado suelen ser buenos catalizadores de Ias mutaciones que sobrevienen en nuestra cultura y nuestra sociedad; y el momento presente es buena prueba de ello. El tema, pues, tenía Ia vivencia necesaria para atraer a estudiosos e investigadores de diversos campos del saber : canonistas, civilistas, internacionalistas, hombres dedicados al Derecho constitucional, etc., e incluso hombres políticos se preocuparon por uno u otro medio de estar informados de Io que allí sucedía. El problema concordatario se trataría desde diversos ángulos, pero enfocado en una doble dirección : por un lado contemplándolo en astracto, en toda su generalidad, como fenómeno de carácter supranacional; por otra parte era necesario detenerse —supuesta ¡a circunstancia de tiempo y país— en una contemplación y crítica del vigente Concordato español. En verdad que Ia pregunta clave que flotó siempre en el ambiente fue Ia de si en el mundo actual, con esa revisión de posturas y comportamientos que contiene, con esa ola protestaria que Io envuelve, y con esa impronta de novedad que Ia gente joven pretende darle, los concordatos eran algo que podía tener cabida. Naturalmente --y como no podía menos de suceder— las opiniones se dividieron: desde quienes consideraban Ia institución concordataria como único remedio a todos los males, hasta quienes no llegaban a comprender que siquiera se planteara esta cuestión. En el fondo quizá podía verse latir ese otro gran problema general que desde hace años viene prercupando en toda sociedad, pero especialmente en Ia eclesial : Ia crisis del Derecho a causa de Ia inflación y desvalorización de Ia ley. A nadie que, efectiva-
|