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CONVENIO ENTRE LA SANTA SEDE Y EL ESTADO ESPAÑOL SOBRE LA JURISDICCIÓN CASTRENSE Y ASISTENCIA RELIGIOSA A LAS FUERZAS ARMADAS (*)
La Santa Sede y el Gobierno español, deseando llegar a un acuerdo sobre Ia Jurisdicción Castrense y Asistencia Religiosa a las Fuerzas Armadas, han nombrado, con este objeto, sus Plenipotenciarios, a saber : Su Santidad el Sumo Pontífice, a Su .Excelencia Reverendísima Monseñor Domenico Tardini, Secretario de Ia Sagrada Congregación de Asuntos Extraordinarios; y El Jefe del Estado español, al Excelentísimo Señor Doctor Don Joaquín Ruiz-Giménez, Embajador de España cerca ,de Ia Santa Sede, Loscuales, después de 'haber canjeado sus plenos poderes y hallarlos en debida forma, han convenido en los artículos siguientes : Artículo i.° La Santa Sede constituye en España un Vicariato Castrense para atender al cuidado espiritual de los militares de Tierra, Mar y Aire. Art. 2.0 La Santa Sede procederá al nombramiento del Vicario General Castrense, previa presentación del Jefe del Estado, según Io establecido en el Convenio en vigor entre Ia misma Santa Sede y España, sobre provisión de las Sedes Arzobispales y Episcopales y el nombramiento de Coadjutores con derecho de sucesión. El Vicario General Castrense será elevado.a Ia dignidad arzobispal.« Art. 3.° Al quedar vacante el Vicariato Castrense,- el Teniente Vicario de Ia Primera Región Militar más antiguo en este cargo asumirá interinamente las funciones de Vicario ,General Castrense, con las limitaciones pertinentes, por carecer de Ia dignidad episcopal.
(*) "Boletin Oficial del Estado" núm. 332 de 18 rte noviembre de 1950.
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