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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Salmanticensis > 1978, volumen 25, n.º 2 > Páginas 281-290. Criterios para una relación adecuada entre la Iglesia y el Estado en materia de obras benéficas y asistenciales
Criterios para una relación adecuada entre la Iglesia y el Estado en materia de obras benéficas y asistenciales
García Barberena,Tomás
CRITERIOS PARA UNA RELACION ADECUADA ENTRE LA IGLESIA Y EL ESTADO EN MATERIA DE OBRAS BENÉFICAS Y ASISTENCIALES Para hacer propuestas concretas y ajustadas a Ia realidad, necesitaríamos tener un cuadro suficientemente completo de las obras asistenciales que hay en España, públicas y privadas y sobre todo eclesiásticas. Las leyes se aplican a los hechos: un buen esquema de Ia realidad fáctica nos daría una base realista para decidir Io más conveniente en orden a su situación con respecto a Ia legislación civil. I.—SITUACION NORMATIVA DESFASADA En España en los últimos años ha habido una espléndida floración de obras caritativas y asistenciales, pero no nos hemos preocupado de registrarlas, de hacer estadísticas y de dibujar sus relaciones con Ia sociedad civil, debido al peculiar sistema de relaciones entre Ia Iglesia y el Estado vigente durante toda Ia época de Franco: un sistema eclesiológico-político con nostalgias del «sacrum imperium» encargado de realizar en España el Reino de Dios mediante Ia unión de Ia Iglesia y el Estado, una unión que en determinados aspectos andaba cerca de Ia confusión. El dinero público invertido en fines de Iglesia alcanzó cifras muy altas y los que pretendían hacer Ia caridad de cualquier forma siempre encontraron un rincón en los presupuestos oficiales adonde acudir con buenos resultados. En ese régimen de relaciones no se sentía Ia necesidad de clarificar las competencias. Una buena prueba de esto es el art. XII del Concordato en el que se estableció que Ia Santa Sede y el Gobierno Español regularán en acuerdo aparte y Zo antes posible cuanto se refiere al régimen de capellanías y fundaciones pías en España. Este acuerdo, que había
https://doi.org/10.36576/summa.7047
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