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NATURALEZA PRECANONICA DE LAS CONFERENCIAS EPISCOPALES DeI Colegio Apostólico a las Conferencias Episcopales
I.—PLANTEAMIENTO La Conferencia Episcopal —«una como agrupación (veluti coetus) en que los Obispos de un territorio (o nación) ejercen conjuntamente su función pastoral para mayor bien» (CD 38, 1)— se halUi entre dos potos extremos. el de Ia autoridad suprema (Colegio Episcopal en cuanto tal, y Papa, el Jefe del Colegio) y el de cada Obispo diocesano. En consecuencia, cabe estudiar Ia naturaleza de las Conferencias de dos modos o con dos metodologías distintas : desde el Colegio hacia abajo, o desde el Obispo diocesano hacia arriba. Además, siendo Ia Conferencia una figura canónica, cabe estudiarla en su misma configuración canónica, tal cual está ya determinada en Derecho («in iure condito»), o tal cual conviene configurarla («in iure condendo»); y estudiarla en su planteamiento pre-canónico, es decir, en su base teológica inmediatamente anterior a su configuración canónica. Es decir: en plano canónico y en plano teológico. Por otra parte, surgiendo Ia Conferencia para atender a urgencias pastorales comunes, supradiocesanas e interdiocesanas, cabe etudiarla desde las exigencias de proyección pastoral que ha de tener Ia Conferencia hacia esas necesidades, y estudiarla desde Ia atracción pastoral que tales necesidades imponen. 1.—Métodos Acometer el estudio de las Conferencias desde abajo, desde Ia figura del obispo diocesano, constituye un planteamiento que no es directa e inmediatamente teológico, sino canónico, pues en tal caso Ia figura del obispos diocesano que se asume está ya canónicamente configurada. Por ello, a Ia hora de buscar Ia naturaleza teotógica, pre-canónica, de las Conferencias, un tal planteamiento estaria ya viciado.
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