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REDC 57 (2000) 175-188
ESPIRITU Y DERECHO
1.
INTRODUCCIÓN
Los preparativos para celebrar el Jubileo deÍ año 2000 de Ia Encarnación del Hijo de Dios nos convocan en este año de 1998 a profundizar en nuestro conocimiento sobre Ia segunda persona de Ia Santísima Trinidad: el Espíritu Santo. Las Jornadas de Teología de Aragón han unido su interés teológico al interés de Ia Iglesia Universal y están dedicadas a este asunto. La temática de estas Jornadas y nuestra relación con el campo del Derecho, nos ha motivado a hacer una breve reflexión acerca del Espíritu Santo y del Derecho en Ia Iglesia. La presente comunicación tímida y arriesgada, pretende ser una aportación desde el derecho al campo de Ia teología, de alguien que tiene, como misión eclesial, desempeñar su ministerio en el mundo de Ia ciencia canónica. Partimos del pleno convencimiento que tenemos de que el Espíritu Santo es el animador de toda acción de Ia Iglesia y que el Derecho canónico es el medio que tiene Ia Iglesia para regular su actividad eclesial en vías de conseguir que ésta sea más eficaz. Derecho eclesial que, para ser tal, debe hundir sus raíces en el mismo Espíritu Santo. Espíritu Santo que nos recuerda, hasta que el SeñorJesús vuelva por segunda vez, las Palabras del Maestro, que sigue salvando a los hombres de todos los tiempos. Existe una opinión entre los creyentes que pretende presentar al Espíritu Santo y al Derecho como dos realidades incompatibles entre sí, cuando no antagónicas. Hay cristianos que sostienen que el Derecho no tiene nada que ver con el Espíritu de Jesús, su mensaje carismático y su Evangelio liberador. Mantienen esta teoría apelando a Ia libertad del Espíritu de Dios «que sopla donde quiere y nadie sabe de dónde viene ni a dónde va» ', en contraposición al Derecho que, por su dimensión normativa, tiende a regular, y muchas veces llega a mediatizar los comportamientos de los individuos y de los creyentes. Esta concepción no es nueva en Ia Historia de Ia Iglesia. Controversias serias y dolorosas, incluso rupturas eclesiales, han tenido lugar en Ia Iglesia, a Io largo de los siglos, entre juridicistas y espiritualistas.
1 Jn3,8.
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