|
TRIBUNAL DEL ARZOBISPADO DE ASUNCIÓN (PARAGUAY)
NULIDAD DE MATRIMONIO (EXCLUSIÓN DE RELACIÓN SEXUAL, VIOLENCIA Y MIEDO) Ante el M. I. Sr. D. Carlos Antonio Heyn Schupp, SDB
Sentencia de 26 de diciembre de 1990"
SUMARIO: I. Antecedente: Resumen de los hechos y actuaciones. 1-2. Matrimonio y noviazgo. 3-4. Embarazo de un tercero, presiones para contraer, y matrimonio con condición. 5-8. Separación, demanda de nulidad, fijación del dubio y tramitación del proceso. 9-11. Expulsión del juez, alegaciones, y nueva interrupción de la causa. II. Fundamentos de derecho: 12. Los textos legales. 13. El miedo y el matrimonio. III. Las pruebas y su valoración: 14. La esposa decide romper con el novio. 15. Embarazo debido a un casado. 16. Presiones para casarse o abortar. 17-18. Matrimonio con condición y no querido por la esposa. 19. Breve convivencia, 20. Posición del defensor del vínculo y de los asesores. IV. Parte dispositiva: consta la nulidad.
I. ANTECEDENTES: RESUMEN DE LOS HECHOS Y ACTUACIONES 1. M demandante, contrajo matrimonio religioso en C 1 el 21 de febrero de 1976 (p. 5), teniendo entonces dieciocho años recién cumplidos, con V de profesión navegante, entonces de treinte y tres años de edad. 2. El noviazgo no fue largo, y a los cinco meses de comenzado, sucede la ruptura por parte de M por «causa de los celos infundados» que demostraba V
* La tramitación de la causa ha durado tres años debido, entre otras causas, a la injusta expulsión del país del juez que inició el proceso. La actora es una mujer muy joven e inexperta, que mantuvo relaciones de noviazgo esporádicas con un novio, y que queda embarazada de un hombre casado. La alternativa en que la pone su madre es el aborto o casarse con su antiguo novio. Se celebra el matrimonio bajo la presión del miedo y poniendo la esposa al marido la condición de no tener con él relaciones sexuales. La sentencia, dada por un juez único, declara nulo el matrimonio por miedo y exclusión de un elemento esencial del matrimonio.
|