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SUMMA > Biblioteca Digital > Revistas UPSA > Revista Española de Derecho Canónico > 1996, volume 53, #141 > Pages 841-847. Nulidad de matrimonio (Defecto de libertad interna, incapacidad de asumir las obligaciones esenciales, exclusión de los tres bienes del matrimonio y error acerca de la persona). Sentencia
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Nulidad de matrimonio (Defecto de libertad interna, incapacidad de asumir las obligaciones esenciales, exclusión de los tres bienes del matrimonio y error acerca de la persona). Sentencia
Subirá García, Vicente Javier
TRIBUNAL DEL ARZOBISPADO DE VALENCIA NULIDAD DE MATRIMONIO (DEFECTO DE LIBERTAD INTERNA, INCAPACIDAD DE ASUMIR LAS OBLIGACIONES ESENCIALES, EXCLUSIÓN DE LOS TRES BIENES DEL MATRIMONIO Y ERROR ACERCA DE LA PERSONA) Ante el limo. Sr. D. Vicente J. Subirá García Sentencia de 28 de junio de 1994* SUMARIO: 1. Species facti: 1-2. Matrimonio, prole habida y demanda de nulidad de la esposa. 3-4. Fijación del dubio y posterior comparecencia del esposo demandado. 5-6. Tramitación de la causa y actitud del defensor del vínculo. 11. El consentimiento matrimonial y el defecto de libertad interna. 2. El bien de la prole. III. In facto: 1. Prueba practicada y análisis sólo de los capítulos que se consideran probados. A) Falta de libertad interna. 13) Exclusión de los hijos en el demandado. 2. Decisión. 1. SPECIES FACTI 1. Doña M y D. V contrajeron entre sí canónico matrimonio en la iglesia parroquial de 11, de C1, el día 11 de marzo de 1989, según consta en autos. De este matrimonio hay un hijo, que nació el 7 de septiembre de ese mismo año y fue bautizado el 9 de diciembre siguiente. También de estos acontecimientos hay constancia en autos. * Una vez más el embarazo prematrimonial conduce a un matrimonio nulo. El esposo es un hombre libertino, mujeriego, bebedor y arreligioso opuesto a tener hijos. La esposa, inexperta y bondadosa, pertenece a una familia muy religiosa y no ve otra salida que el matrimonio para dar unos padres al hijo que espera. La convivencia, dada la conducta del esposo, que además siguió viviendo como un soltero, duró sólo dos meses y medio, al cabo de los cuales la esposa abandonó el hogar conyugal.
https://doi.org/10.36576/summa.5924
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