9. Por otra parte la exhortación Famüiaris consortio, cuando invita a los pastores a saber distinguir las diversas situaciones de los divorciados vueltos a casar, recuerda también el caso de los que están subjetivamente convencidos de que el anterior matrimonio, irreparablemente destruido jamás había sido válido Ciertamente es necesario discernir a través de la vía del fuero extemo establecida por la Iglesia si existe objetivamente esa nulidad matrimonial. La disciplina de la Iglesia, al mismo tiempo que confirma la competencia exclusiva de los tribunales eclesiásticos para el examen de la validez del matrimonio de los católicos, ofrece además nuevos caminos para demostrar la nulidad de la anterior unión, con el fin de excluir, en cuanto sea posible, cualquier diferencia entre la verdad veriñcable en el proceso y la verdad objetiva conocida por la recta conciencia Atenerse al juicio de la Iglesia y observar la disciplina vigente sobre la obligatoriedad de la forma canónica, en cuanto necesaria para la validez de los matrimonios de los católicos, es lo que verdaderamente ayuda al bien espiritual de los fieles interesados. En efecto, la Iglesia es el cuerpo de Cristo y vivir en la comimión eclesial es vivir en el Cuerpo de Cristo y nutrirse del cuerpo de Cristo. Al recibir el sacramento de la Eucaristía, la comunión con Cristo cabeza jamás puede estar separada de la comunión con sus miembros, es decir, con la Iglesia. Por esto el sacramento de nuestra unión con Cristo es también el sacramento de la unidad de la Iglesia. Recibir la Comunión Eucarística hallándose en contraste con las normas de la comunión eclesial es, por tanto, algo en sí mismo contradictorio. La comunión sacramental con Cristo incluye y presupone el respeto, muchas veces difícil, de las disposiciones de la comunión eclesial y no puede ser recta y fructífera si el fiel, aunque quiera acercarse directamente a Cristo, no respeta esas disposiciones. 10. De acuerdo con todo lo que se ha dicho hasta ahora, hay que realizar plenamente el deseo expreso del Sínodo de los Obispos, asumido por el Santo Padre Juan Pablo II y llevado a cabo con empeño y con laudables iniciativas por parte de obispos, sacerdotes, religiosos y fieles laicos: con solícita caridad hacer todo aquello que pueda fortalecer en el amor de Cristo y de la Iglesia a los ñeles que se encuentran en situación matrimonial irregular. Sólo así será posible para ellos acoger plenamente el mensaje del matrimonio cristiano y soportar en la fe los sufrimientos de su situación. En la acción pastoral se deberá realizar toda clase de esfuerzos para que se comprenda bien que no se trata de discriminación alguna, sino únicamente de fidelidad absoluta a la voluntad de Cristo, que restableció y nos confió de nuevo la indisolubilidad del matrimonio como don del Creador. Será necesario que los pastores y toda la comunidad de ñeles sufran y amen junto con las personas interesadas, para que puedan reconocer también en su carga el yugo suave y la carga ligera de Jesús
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