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ESTUDIOS
W. M. PEITZ, S. J. (de la provincia de Austria, residente ahora en Suiza: Bad-Schoenbrun) : Dionisio el Exiguo como canonista. Notas de Mons. Pascual Galindo, Director del Instituto de Filología y Vicedirector del Instituto de Historia Eclesiástica, que ha llevado a cabo la traducción. Págs. 9-32. El autor nos ofrece las primicias de su intensa investigación sobre las colecciones canó nicas. He aquí los hechos, según Peitz: 1) Hasta fines del siglo V no hubo colección alguna canónica, ni griega ni latina. 2) A Dionisio el Exiguo se debe la primera colección griega, así como su traducción latina, que Bev() a cabo al mismo tiempo que aumentaba la griega. 3) La Hispana representa el estado de la traducción latina por lbs años 515 a 520. La Hispana es la primera de las colecciones canónicas. 4) Nuevas correcciones modifican el primer trabajo de Dionisio. La Quesneliana corresponde al estadio 521-523; pero en 525 ya estaba superada. Dionisio continuó trabajando —corrigiendo—hasta 527 (?). 5) No poseemos edición critica y definitiva—que merezca tal título—de ninguna de las colecciones. Todas deben rehacerse con espíritu y método nuevos. 6) El nuevo método no se refiere sólo a las colecciones canónicas. Alcanza a los dominios todos de la Filología y de la Historia critica (critica de textos y ediciones). 7) Dionisio fué no sólo el fundador de la canonística, sino también el conservador o autor de otros textos. Fué también el reorganizador del archivo pontificio, en el que conservó textos y documentos que, sin 61, se hubieran perdido. 8) La actividad de Dionisio plantea también otros nuevos problemas, como, por ejemplo, la discusión sobre las obras del pseudo Dionisio (el Areopagita). ,47 • EDUARDO FERNÁNDEZ REGATILLO, S. J. (Decano de la Facultad de Derecho Canónico de Comillas) : Tratamiento de las causas de divorcio. Págs. 33-52. La frecuencia con que estas causas se presentan en el foro eclesiástico y las consultas que en relación con ellas ha recibido Bevan al autor a tratar ordenadamente de los siguientes puntos: 1. 0 Concepto, tanto etimológico como jurídico, de divorcio. 1° Historia del procedimiento seguido. 3.° Disciplina vigente en el Código de Derecho Canónico: a) Divorcio por propia autoridad. h) Divorcio por sentencia del Juez. c) Divorcio por decreto del Ordinario. d) Procedimiento en segundo grado. e) Juicio de divorcio sin contradicción. Para terminar resuelve diversas dudas planteadas y formula las conclusiones que de todo lo dicho parecen deducirse.
CLEMENTE PUJOL, S. J. (Catedrático del Pontificio Instituto Oriental) : El problema del bautismo de los fetos abortivos informes en los autores del siglo XIX y principios del XX.
Páginas 53-75. Intenta el autor ilustrar el periodo en el que empezó a imponerse gradualmente la equiparación en cuanto al bautismo de los fetos abortivos formados e informes.
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