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FAM 26 (2003) 95-103
Moral y derecho de la Familia s e g ú n el principio de laicidad
Paul Moreau
Para empezar quiero referirme al profesor Jan Peters, presidente de la FIUC con motivo de la ponencia de reapertura de curso de la Universidad Católica de Lyon, en octubre pasado, que señalaba lo siguiente: en español, dijo, especialmente en América latina se distinguen tres términos a propósito de las relaciones entre las culturas: primero, la pluriculturalidad se trata de una observación, la de la diversidad de las culturas; luego la multiculturalidad se trata de un deseo, el de la convivencia pacífica entre las culturas; por último, la interculturalidad se trata de un proyecto —más allá de la convivencia—: el del diálogo entre las culturas en la perspectiva de un enriquecimiento mutuo. Si se considera la pluriculturalidad, es decir la diversidad de la formas de vida, ella marca evidentemente la vida familiar de otros tiempos en Europa. Pero esta diversidad puede considerarse en un sentido amplio, y entonces tener dos formas y así referirse a dos series de causas; primero, la diversidad considerada desde un punto de visto etnológico o externo, y está relacionada con la inmigración, por lo que la vida familiar resulta diferente según las costumbres, las lenguas, las religiones de los países de donde vienen las familias; segundo, la diversidad considerada desde un punto de vista sociológico o endógeno se relaciona, en el seno de la población de los países europeos, con la aparición de nuevas formas de vida familiar ligadas a la descalificación de un modelo dominante, de origen cristiano: el del matrimonio como fundación de la familia. En los dos
1 Federación Internacional de las Universidades Católicas. 2 A propósito de esta distinción, cf. G. dalla Torre, «Sociedad pluricultural y derechos humanos», en Inauguración de la cátedra Ernesto Ruñno, Salamanca 1999.
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