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LOS ACUERDOS ENTRE LA SANTA SEDE Y ESPAÑA
TEXTO DE LOS ACUERDOS *
A) Asuntos jurídicos
ACCORDO TRA LA SANTA SEDE E LO STATO SPAGNOLO CIRCA QUESTIONI GIURIDICHE
ACUERDO ENTRE EL ESTADO ESPAÑOL Y LA SANTA SEDE SOBRE ASUNTOS jURIDICOS La Santa Sede y el Gobierno español, prosiguiendo la revisión del concordato vigente entre las dos partes comenzada con el A. firmado el 28 de julio de 1976, cuyos instrumentos de ratificación fueron intercambiados el 20 de agosto del mismo año, concluyen el siguiente
La Santa Sede e il Goberno spagnolo, proseguendo la revisione del concordato vigente tra le due partí, iniziata con l'A. firmato it 28 luglio 1976, i cui strumenti di ratifica furono acambiati ji 2G agosto di quello stesso anno, concludono ji seguente
ACCORDO Articolo L 1) Lo Stato spagnolo riconosce alta Chiesa cattolica jI diritto di esercitare la sua missione apostolica e le garantisce it libero e pubblico esercizio delle attivitá che le sono proprie e in particolare di quelle di culto, di giurisdizione e di magistero. 2) La Chiesa pub organizzarsi liberamente. In particolare, pub creare, modificare o sopprimere diocesi, parrochie e altre circoscrizioni territoriali, che godranno della personalitá giuridica civile guando abbiano quella canonica e quest'ultima sia notificata ai competenti organi dello Stato.
ACUERDO Artículo I. 1) El Estado español reconoce a la Iglesia católica el derecho de ejercer su misión apostólica y le garantiza el libre y público ejercicio de las actividades que le son propias, y en especial las de culto, jurisdicción y magisterio.
2) La Iglesia puede organizarse libremente. En particular puede crear, modificar o suprimir diócesis, parroquias y otras circunscripciones territoriales, que gozarán de personalidad jurídica civil en cuanto la tengan canónica y ésta sea notificada a los órganos competentes del Estado.
* Publicados sólo en español en el BOE del 15 de diciembre de 1979 y en italiano y español en AAS 72 (1980) 29-62. En cuanto al texto italiano téngase en cuenta el cambio de notas verbales que se recoge al final (E). El Acuerdo básico se publicó en AAS 68 (1976) 509-512; BOE de 24 de septiembre de 1976 y en REDC 33 (1977) 89-92.
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