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EL NOMBRAMIENTO DE OBISPOS DURANTE LA DICTADURA Y LA II REPÚBLICA Con fecha de 6 de enero de 1588 dio Felipe II una Instrucción a Ia que había de atenerse Ia real cámara para recibir noticias seguras sobre todos los eclesiásticos que pudieran ser promovidos a alguna de las prebendas del real patronato. El presidente de Ia misma dirigiría anualmente cartas a los prelados del reino pidiéndoles detallada relación sobre personas beneméritas y dignas que pudieran ocupar los cargos señalados. Con estos informes, sobre los que se exigía riguroso secreto, y los que Ia cámara regia podía pedir a otras personas se aconsejaba el rey para Ia provisión de vacantes. La Instrucción y método de 24 de septiembre de 1784 dictada por Carlos III exigía aún más detallada información sobre las cualidades de los candidatos y extendía Ia consulta a los cancilleres y rectores de universidad. También el 17 de diciembre de 1851, recién estrenado el concordato, una real orden mandaba a arzobispos, obispos y vicarios capitulares que remitiesen en el mes de enero —como especificaba ya Ia instrucción de Carlos III— las relaciones antes dichas. Otro real decreto de 7 de diciembre de 1868 reservaba a los metropolitanos Ia formación de las mismas, después de oír a los respectivos sufragáneos, en el mes de diciembre, a fin de que en el mes de enero el Ministro de Gracia y Justicia pudiera hacer Ia lista general de personas aptas para el episcopado.
DURANTE LA DICTADURA DE PRIMO DE RIVERA Entre el 25 de julio de 1916 hasta el 20 de agosto de 1921 Ia sagrada congregación consistorial publicó seis Instrucciones, cuatro para países americanos —Estados Unidos, Terranova, y Canadá, Brasil y Méjico— y dos para países europeos —Polonia y Escocia—, sobre Ia manera de que los obispos locales pudieran informar a Ia Santa Sede sobre los candidatos al episcopado. En España, y merced a Ia existencia del patronato, las cosas suceden de otro modo. Por un real decreto de 10 de marzo de 19241 Ia recién estrenada dictadura crea "una junta eclesiástica, delegada de su majestad el rey, para proponerle,
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Ver Documento A.
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