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A PROPOSITO DE LA TRADUCCIÓN CHINA DEL CODIGO DE DERECHO CANONICO (*)
La Igksia de China debe especial gratitud a Mons. CiRiix> RoDOi.FO jARRE, O. F. M., por Ia doble traducción que ha puesto en. manos de los obreros evangélicos. La primera nos presenta en lengua latina el nuevo "Código de Ia República China" (Codex Iuris Civilis Reipublicae Sinensis. Tsinanfu, 1937), promulgado a 23 de mayo de 1929. La segunda nos ofrece el Derecho Canónico en kuo yü, o lengua nacional. Acerca de esta última traducción quisiera entretener unos momentos a los lectores de REViSTA EsPAÑOLA DE DERKCHO CANÓNico, porque, a juicio mío. reviste una importancia especial. Es verdad que se trata de un ensayo, y de un ensayo emprendido por iniciativa particular y de autoridad privada; de un ensayo, en fin, que, como es natural y Io reconocen con gusto los traductores, es susceptible de mejoras y correcciones. Con todo el trabajo que supone una voluntad férrea y un entendimiento privilegiado, ofrece ayuda preciosa no solamente al Clero de China, sino también, y sobre todo, a los fieles cultos, quienes en adelante podrán acudir a Ia fuente auténtica del Derecho eclesiástico para asimilarse con mayor facilidad y eficacia el espíritu tradicional de Ia Iglesia. Ni dejará de hacer bien a las almas paganas de buena voluntad, a quienes revelará Ia sabiduría y santidad de Ia Iglesia reflejadas en lenguaje técnico por los textos canónicos Para poner en relieve el alcance de esta traducción, conviene hacer un breve recorrido por Ia historia del Derecho eclesiástico en Ia Iglesia de China. I. La introdmcdón dtl Derecho canónico en China
Afirma GRENTRUP que las propiedades características de las Misiones contribuyeron a que se descuidara el Derecho común y se creara, a base
" (*) Tentamen sensum "Codtcis iuris canonici" litteris sinlc1s reMencK, privatim susceptiim et peractum a CYRiu,o RuDOLPHO JAimE, O. K. M., Vinirío Apostólico de Tslnanfu, Ct LiKi-,iEN iarn iudice trlbuhalls appellationis; Sho i Tien Chu Chiao Hiiei Ka Tien. Tsinanfu (Shantung), 1943.'
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