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EL «OPUS SERVILE»
Y
LA LEGISLACIÓN CIVIL ESPAÑOLA
El canon 1248 ha determinado el contenido y amplitud del descanso religioso-dominical en los siguientes términos: "En las fiestas de precepto... hay que abstenerse de los trabajos serviles y de los actos forenses, e igualmente, si costumbres legítimas o indultos peculiares no autorizan otra cosa, hay que abstenerse de los mercados públicos, de las ferias y de otras compraventas públicas". Cinco son, pues, los elementos que constituyen el objeto del descanso domincial y festivo : los trabajos serviles, los actos forenses, los mercados públicos, las ferias y otras compraventas públicas. Pero puede decirse que actualmente sólo uno de estos elementos preocupa hondamente a los moralistas y a los pastores de almas: el opus servile. Es verdad que el descanso dominical, especialmente en Io que atañe a las obras serviles, ha ocupado y preocupado siempre a los teólogos ; pero no cabe duda que este problema se ha convertido en los últimos tiempos para los moralistas y pastores de almas en un verdadero rompecabezas. No seremos nosotros quienes neguemos fundamento a esta preocupación ; pero Ia verdad es que a veces hemos pensado que parece que estamos invirtiendo el orden de valores, es decir, que estamos convirtiendo el día del Señor, el día del culto, en el día del descanso. Los domingos y demás días festivos son ante todo días de culto, días del Señor; por Io mismo, es un error convertir el día del culto en un día de descanso, es decir, no es razonable que demos más importancia al descanso que al culto, que insistamos en el contenido del descanso y que nos olvidemos del significado y contenido grandiosos del domingo cristiano. De otro modo el descanso domincial da necesariamente impresión de vacío, de algo inanimado, y, si nuestros cristianos Io cumplen, será siempre con cierta repugnancia, como si se tratara de una práctica sin sentido. El camino más corto y eficaz para el cumplimiento del descanso dominical es Ia observancia del precepto positivo según las exigencias del domingo cristiano, ya que este precepto rectamente comprendido exige como requisito necesario —y esto es precisamente el descanso— Ia abstención de todos los trabajos serviles o impeditivos de Ia santificación del día del Señor. Por otra parte, es muy convenien-
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