|
TRIBUNAL DE LA DIOCESIS DE CUENCA NUUDAD DE MATMMOMO (ERROR SOBRE LA EVDISOLUBELTOAD Y EXCLUSIÓN DE LA SACRAMENTALTOAD) Ante el Umo. Sr. D. Carlos Manuel Moran Bustos Sentencia de 23 de octubre de 1998'
SUMARIO: I. Hechos y actuaciones: 1-6. Matrimonio, convivencia y circunstancias de Ia causa, II. Fundamentos de Derecho: A) Error acerca de Ia indisolubilidad. B) Exclusión de Ia sacramentalidad. III. Fundamentos fácticos: A) Análisis de las pruebas respecto al errorpervicax. B) La exclusión de Ia sacramentalidad en las pruebas. IV. Parte dispositiva. No consta Ia nulidad.
I. HECHOS Y ACTUACIONES 1. Don V y doña M contrajeron matrimonio canónico en Ia iglesia de Santa María de Cl el día 12 de mayo de 1991. 2. A dicha unión llegaron después de un noviazgo de siete u ocho años, noviazgo que —a juicio de Ia demandada— se desarrolló, siempre y en todo
* Son escasas las causas de nulidad matrimonial en que se alegue como capítulo de Ia misma el error de Derecho. Este error supone una anomalía del intelecto referida a Ia naturaleza del matrimonio mismo, y no a ninguna condición personal del cónyuge. No obstante, Ia ley determina claramente Ia irrelevancia de dicho error, a no ser que sea determinante de Ia voluntad en el momento de emitir el consentimiento. Las ideas erróneas, en principio, quedan en Ia esfera de Ia inteligencia afectando sólo al juicio especulativo, pero si estuviesen tan arraigadas en Ia persona que determinasen también el juicio práctico, estaríamos ante un error invencible, llamado por Ia jurisprudencia errorpervicax. Esto puede ocurrir en relación con Ia exclusión de Ia sacramentalidad, si bien, para que pueda ser apreciada, es necesario una verdadera exclusión del matrimonio. Todo esto es magistralmente desarrollado por el ponente de esta sentencia con un apoyo doctrinal y jurisprudencial muy útil para quien se encuentre con una causa semejante.
|