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REDC 66 (2009) 211-274
LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 11 FEBRERO 2009 SOBRE OBJECIÓN DE CONCIENCIA A EPC1
RESUMEN
La implantación de la materia denominada genéricamente Educación para la Ciudadanía en el sistema educativo español ha dado lugar a una reacción social sin precedentes en España y a un intenso debate jurídico. Se plantea en este caso un conflicto entre el obligado sometimiento a la ley, que configura la educación (en sus niveles elementales) como un derecho, pero también como un deber, y la necesaria defensa y protección de los derechos fundamentales a la libertad ideológica, religiosa y de conciencia, así como el derecho de los padres a decidir la formación moral de sus hijos conforme a sus convicciones, que constituyen límites a la acción educativa de los poderes públicos. El instrumento de que se han valido los padres para hacer valer estos derechos, es la declaración de objeción de conciencia ante la Administración, llegando a contabilizarse más de 52.000 objeciones, que han dado lugar a casi 3.000 procedimientos judiciales, que se están sustanciando ante los Tribunales de justicia por este motivo. El Tribunal Supremo se pronunció por primera vez sobre el tema, en cuatro sentencias dictadas por el Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo el 11 de febrero de 2009. Se trata de sentencias interpretativas que, sin embargo, no han zanjado definitivamente la cuestión, pues el conflicto sometido a la jurisdicción de los magistrados ha quedado realmente sin dirimir. Se analizan en el presente trabajo las sentencias y se ponen en evidencia sus contradicciones y su débil argumentación.
SUMMARY
The implementation of the subjetct generically called «Education of Citizenship» in Spain’s educational system has given rise to an unprecedented social reaction in Spain and an intense legal debate. In this case a conflict is posed between obligatory compliance with the law that regulates education (at is basic levels) as both a right and duty and the necessary defence and protection of the fundamental rights to ideological and religious freedom and freedom of conscience, as well as the right of
1 La versión digital del presente trabajo ha sido publicada en la Revista General de Derecho Canónico y Eclesiástico del Estado (en adelante, RGDCDEE) nº 20, mayo 2009, portal Derecho www.iustel.com
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